Golpe judicial al Gobierno: la Corte ratificó la obligación de financiar a las universidades

Redacción Cuyo News
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La Corte Suprema de Justicia dejó firme este jueves la medida cautelar que obliga al Estado nacional a cumplir parcialmente con la Ley 27.795 de financiamiento universitario. El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por el Poder Ejecutivo al considerar que no existe una sentencia definitiva y, en consecuencia, mantuvo vigente la orden judicial que dispone la actualización de los haberes del personal docente y no docente y la recomposición de programas destinados al estudiantado.

La resolución fue suscripta por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Según el fallo, la presentación del Estado resultó inadmisible en esta instancia, por lo que continúa vigente la cautelar dictada por los tribunales inferiores mientras avanza el tratamiento de la cuestión de fondo.

Qué comprende la medida cautelar

El expediente se originó a partir de un amparo colectivo impulsado por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional y distintas universidades nacionales. El planteo busca que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 759/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo estableció que la Ley 27.795 solo podía ejecutarse una vez determinadas las fuentes específicas de financiamiento.

Antes de resolver el fondo de la causa, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó que el Gobierno cumpliera de manera inmediata con los artículos 5 y 6 de la ley. Esos apartados contemplan la actualización de los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, además de la recomposición de los programas destinados a estudiantes.

La cautelar no abarca la totalidad de las previsiones de la ley. Quedaron excluidas la recomposición presupuestaria correspondiente a 2024 y 2025, así como otras partidas vinculadas con programas de asistencia y fortalecimiento institucional.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal sostuvo que el Estado no logró desvirtuar la verosimilitud del derecho invocado por las universidades. También consideró que el Congreso insistió en la sanción de la ley y que el Poder Ejecutivo resistía su aplicación apoyándose en una norma de jerarquía inferior.

Además, el tribunal de alzada advirtió que el incumplimiento podía generar perjuicios graves y profundizar el deterioro salarial, con impacto sobre el derecho de enseñar y aprender. También entendió que el ahorro derivado de no aplicar la norma no representaba un monto significativo dentro del presupuesto nacional.

El recorrido judicial y político

Antes de esta resolución, el Gobierno nacional había vetado la Ley de Financiamiento Universitario. Posteriormente, el Congreso insistió con su sanción y, una vez promulgada, el Ejecutivo subordinó su aplicación a la determinación de las fuentes de financiamiento.

Tras el fallo de la Cámara, el Estado acudió a la Corte Suprema. También presentó recusaciones contra los jueces que habían intervenido y solicitó la excusación de los ministros del máximo tribunal por ejercer la docencia universitaria. Todos esos planteos fueron rechazados.

Con la decisión conocida este jueves, la Corte volvió a cerrar esa instancia al declarar inadmisible el recurso contra la medida cautelar por ausencia de una sentencia definitiva. De ese modo, permanece vigente la obligación de cumplir con los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, mientras el expediente principal continúa su trámite por separado para resolver la constitucionalidad del Decreto 759/2025.

El acuerdo firmado el 10 de junio

El 10 de junio de 2026, el Poder Ejecutivo suscribió un acta junto con la Subsecretaría de Políticas Universitarias, el Consejo Interuniversitario Nacional y organizaciones gremiales docentes y no docentes. El acuerdo estableció la transferencia de fondos para una recomposición de la masa salarial del 24,33%, un incremento del 20% en los gastos de funcionamiento y la ampliación de las partidas destinadas a hospitales universitarios hasta $50.000.000.000.

El entendimiento también precisó que la recomposición salarial incluía el desfasaje correspondiente a 2025, la actualización por inflación hasta mayo y un 7% adicional a cuenta de la pérdida del poder adquisitivo registrada durante 2024.

Asimismo, las partes acordaron una actualización del 50% para las Becas Manuela Belgrano desde junio de este año y establecieron un cuarto intermedio hasta el 15 de septiembre en las negociaciones paritarias para continuar discutiendo la evolución de los salarios en función de la variación acumulada del IPC y la recomposición pendiente correspondiente a 2024.

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