Inocencia Fiscal II: Caputo presentó nuevas reglas para blanquear ahorros y simplificar trámites

Redacción Cuyo News
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El ministro de Economía, Luis Caputo, presentó el nuevo proyecto de Ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa que modifica el régimen aprobado anteriormente con el objetivo de brindar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes y facilitar la incorporación de ahorros al sistema financiero formal.

«Con el correr de las semanas y meses fuimos recabando esta información. Armamos una mesa de trabajo con tributaristas con el objetivo de aclarar algunos temas que hacen a que los ciudadanos se queden mucho más tranquilos de que, independientemente de quién sea el gobierno de turno, van a estar cubiertos ante estas situaciones», sostuvo Caputo.

El funcionario remarcó que el espíritu de la ley no cambia y que el objetivo continúa siendo que los ahorros puedan ser formalizados dentro del sistema bancario sin penalidades. «El espíritu de la ley no cambia en absolutamente nada. El objetivo sigue siendo que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad de ningún tipo», afirmó.

Los cambios centrales del nuevo régimen

Caputo explicó que la iniciativa responde a un escenario marcado por años de alta presión tributaria, déficit fiscal, emisión monetaria, inflación y restricciones cambiarias, factores que, según indicó, llevaron a muchos argentinos a mantener sus ahorros fuera del circuito financiero.

El ministro señaló que actualmente los depósitos en dólares dentro del sistema financiero alcanzan niveles cercanos a los 40.000 millones de dólares, mientras que se estima que existen alrededor de 170.000 millones de dólares fuera del circuito bancario.

«Para las personas, tener los dólares debajo del colchón es un muy mal negocio. Los dólares pierden valor porque en Estados Unidos también hay inflación. Un dólar de hoy no compra lo mismo que un dólar de hace 20 años», expresó Caputo.

1. Más personas podrán acceder al régimen

Uno de los principales cambios está vinculado con los requisitos para ingresar al sistema de declaración jurada de ganancias simplificada.

La normativa vigente establece tres condiciones simultáneas: que los ingresos anuales no superen los mil millones de pesos, que el patrimonio total no exceda los diez mil millones de pesos y que el contribuyente no sea considerado «Gran Contribuyente» según las normas de ARCA.

El nuevo proyecto elimina esas restricciones para las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país. Los Grandes Contribuyentes podrán acceder a la modalidad simplificada, aunque no tendrán las presunciones, efectos liberatorios ni los beneficios adicionales previstos para el resto de los adherentes.

2. Nueva definición de discrepancia significativa

El segundo cambio modifica uno de los puntos más sensibles del régimen: el momento en que el fisco puede dejar sin efecto la presunción de exactitud de la declaración del contribuyente.

Actualmente, si la impugnación realizada por ARCA genera un incremento del 15% o más sobre lo declarado, la presunción se pierde automáticamente.

El proyecto incorpora un límite adicional: aunque se supere ese porcentaje, la presunción seguirá vigente si la diferencia nominal reclamada no alcanza el equivalente al 5% del monto de evasión previsto en el artículo 1° de la Ley Penal Tributaria. En términos concretos, si la diferencia no supera los cinco millones de pesos, el beneficio se mantiene.

3. Posibilidad de rectificar declaraciones

La nueva iniciativa incorpora una herramienta que no existe en el régimen actual: la posibilidad de que el contribuyente rectifique su declaración jurada cuando ARCA detecte una discrepancia significativa.

El proyecto establece que podrá presentar una DDJJ rectificativa y cancelar la diferencia correspondiente, junto con los intereses, dentro de un plazo de hasta 15 días hábiles desde la notificación de la determinación de oficio.

Si cumple con ese procedimiento, el contribuyente conserva los beneficios del régimen.

4. Reintegros acelerados ante fallos favorables

El cuarto cambio establece un mecanismo de devolución para aquellos casos en los que el contribuyente haya pagado un ajuste para conservar los beneficios del régimen y posteriormente la Justicia revoque la impugnación realizada por ARCA.

En esos casos, el proyecto determina que se restablece plenamente la presunción de exactitud y que ARCA deberá reintegrar los montos abonados con intereses en un plazo máximo de 45 días hábiles desde la notificación de la resolución firme.

Según explicó Caputo, la incorporación de estos cambios apunta a fortalecer la confianza de los contribuyentes y promover una mayor formalización de la economía. «A nivel de país tampoco nos sirve que la gente tenga los dólares debajo del colchón, porque necesitamos crecer como país, necesitamos que la economía crezca y necesitamos recaudar más. ¿Cómo vamos a recaudar más? De dos maneras: formalizando la economía y creciendo», señaló.

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