La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición total del producto denominado “Copito de Nieve – Heladitos Secos” en todo el territorio argentino, incluyendo su elaboración, fraccionamiento, distribución, venta y publicidad tanto en comercios físicos como en plataformas digitales.
Irregularidades detectadas
La decisión fue formalizada a través de la Disposición 7566/2025, publicada en el Boletín Oficial. El organismo explicó que el producto, identificado con R.N.E. N°: 04017294 y R.N.P.A. N°: 04039186-04039187, incumple la normativa alimentaria vigente.
Según el reporte del Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), la investigación se originó tras la intervención de la Dirección General de Control de Córdoba, que detectó el producto en un comercio local. Allí se procedió a tomar muestras reglamentarias para su análisis.
El resultado fue concluyente: el producto presenta rotulación falsa y los registros sanitarios declarados son inexistentes. Esto llevó a catalogarlo como “producto apócrifo”.
Normas violadas y resolución
El producto infringe múltiples normativas, entre ellas:
- Artículo 3° de la Ley N° 18284.
- Artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71.
- Artículos 6 bis y 13 del Código Alimentario Argentino (CAA).
El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL concluyó que el “Copito de Nieve” carece de registros sanitarios válidos, lo que representa un riesgo para la salud pública.
Frente a esto, la ANMAT resolvió su prohibición absoluta en todo el país, dejando sin efecto cualquier posibilidad de producción o comercialización del producto.
La ANMAT prohibió la elaboración, distribución y venta del producto 'Copito de Nieve - Heladitos Secos' en todo el país, tras detectarse irregularidades graves en su rotulado y la inexistencia de registros sanitarios válidos. El producto fue considerado apócrifo y un potencial riesgo para la salud pública.
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Zappo te lo cuenta
Lo que empezó como un inocente antojo infantil terminó en un expediente sanitario que ni Kafka se animaría a redactar. Porque sí, señores: los heladitos secos “Copito de Nieve”, esos que prometían refrescar sin necesidad de frío, fueron prohibidos por la ANMAT. Y no por ser feos, sino por tener más irregularidades que una elección en el Club de Pesca.
El análisis fue lapidario: registros sanitarios inexistentes, números inventados en la etiqueta y un envoltorio que decía “heladito”, pero gritaba “¡fiscalizame esta!”. La cosa es tan seria que el producto fue tildado de apócrifo. Ni una película de espionaje se animó a tanto.
¿El crimen? Exhibir números de RNPA y RNE que no existen en ningún universo conocido por el Estado argentino. Un helado que, además de seco, venía con fantasía documental incluida. El INAL y la Dirección de Control de Córdoba lo encontraron en un comercio de la ciudad y, como buenos sabuesos sanitarios, lo mandaron al laboratorio. Resultado: “no conforme”. En criollo, un “esto no se puede vender ni en Júpiter”.
Ahora la ANMAT, con su flamante Disposición 7566/2025, puso el martillo sobre la mesa: no se puede elaborar, fraccionar, publicitar ni vender este producto en ningún rincón del país. Ni en la despensa del barrio, ni en la tiendita online con descuentos de fin de semana.
Así que si ves un “Copito de Nieve” dando vueltas, mejor corré… pero no para comprarlo. Corré para avisarle al inspector más cercano. Porque este heladito no enfría, pero calienta los motores de la infracción alimentaria.
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