Mendoza reglamenta cánones y condiciones para proyectos mineros en tierras públicas

Redacción Cuyo News
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El Gobierno de Mendoza reglamentó el uso de terrenos estatales vinculados a la actividad minera mediante una serie de disposiciones destinadas a ordenar la relación entre los derechos mineros y el patrimonio público provincial.

La iniciativa fue elaborada a través de un trabajo conjunto entre distintos organismos del Estado y establece criterios específicos para las minas de primera, segunda y tercera categoría que desarrollan actividades sobre inmuebles pertenecientes a la Provincia.

Mayor seguridad jurídica para la actividad minera

El nuevo marco normativo tiene como objetivo brindar mayor seguridad jurídica tanto al Estado como a los titulares de proyectos mineros mediante reglas claras sobre las condiciones de ocupación, uso y aprovechamiento de terrenos estatales.

Entre otros aspectos, las disposiciones permiten determinar con precisión cuándo un derecho minero se encuentra vigente, en qué casos corresponde una contraprestación por el uso de inmuebles públicos y bajo qué condiciones dichos terrenos permanecen afectados a la actividad minera.

Según destacaron desde el Ejecutivo mendocino, las medidas apuntan a fortalecer la transparencia administrativa y a generar mayor previsibilidad para los operadores del sector.

Canon para proyectos en etapa de explotación

En el caso de las minas de primera y segunda categoría, el régimen establece un canon de uso que será aplicable únicamente a aquellos proyectos que hayan alcanzado la etapa de explotación y que desarrollen actividades sobre terrenos de dominio estatal.

Las etapas de prospección y exploración quedaron excluidas de esta obligación con el objetivo de evitar costos adicionales en las fases de mayor riesgo e incentivar la búsqueda de nuevos recursos minerales.

Reglas específicas para minas de tercera categoría

Respecto de las minas de tercera categoría ubicadas en terrenos estatales, la reglamentación incorpora el derecho de explotación previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Minero de Mendoza.

El esquema incluye parámetros objetivos vinculados con la producción, el tipo de mineral explotado y la superficie utilizada, además de mecanismos de declaración y control destinados a mejorar la trazabilidad y la transparencia administrativa.

La normativa también incorpora un criterio de igualdad de condiciones entre quienes desarrollan actividad minera sobre inmuebles estatales y aquellos que operan en terrenos privados, evitando tratamientos diferenciales que puedan generar distorsiones en el sector.

Las disposiciones fueron elaboradas con la participación de la Dirección de Minería, la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado, la Fiscalía de Estado y otros organismos competentes, consolidando un marco regulatorio orientado a promover nuevas inversiones, mejorar la administración del patrimonio público y fortalecer el desarrollo de la actividad minera en Mendoza.

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