El fallo está en el Boletín 6960, de la sesión del jueves 15 de octubre. La misma suspensión de tres meses alcanzó al vicepresidente segundo Pascual Caiella y al director deportivo Marcos Alberto Angeleri, por sus intervenciones en los incidentes.

Estudiantes recibió una multa de 500 unidades de valor de entrada por infracciones atribuidas a autoridades e integrantes de la delegación en el campo de juego y en el sector de vestuarios. El Código Disciplinario define esa unidad como el valor máximo de la entrada general que aprueba el Comité Ejecutivo de la AFA. El fallo la expresa así, y no en pesos.

Qué actividades alcanza la suspensión

El punto resolutivo establece una suspensión. El Código enumera por separado esa medida y la prohibición de ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol. El fallo no añade esa prohibición general.

Según informaron medios, durante los tres meses Verón no podrá representar oficialmente a Estudiantes ante la AFA. Esos informes señalan que conservará la presidencia del club y que la sanción no le impide asistir a los estadios como espectador.

Desde cuándo rige

El Código establece que las decisiones entran en vigor cuando se notifican y/o desde su publicación en el boletín. El Boletín 6960 registra la sesión del jueves 15 de octubre. El fallo no fija la fecha de vencimiento del plazo.

Una apelación no suspende por sí sola los efectos de la decisión, según el Código. El presidente, el vicepresidente o el miembro más veterano disponible puede suspender la ejecución si recibe un pedido fundamentado.

Qué pasó en la final

El partido se disputó el sábado 26 de septiembre en el estadio Madre de Ciudades. Rosario Central venció 3-1 a Estudiantes en la final de la Supercopa Internacional.

La AFA indicó que el tumulto se produjo después del tercer gol de Central, en el minuto 90+5. El jueves 8 de octubre el Tribunal pidió registros audiovisuales y dio a Estudiantes cinco días para ampliar su descargo. El club y los tres dirigentes presentaron esa ampliación el martes 13 de octubre.

Entre los agravantes, el Tribunal consideró el desorden generalizado, el ingreso a una zona de exclusión y los cargos de los dirigentes. Como atenuantes, valoró que no se concretó una agresión física contra los árbitros, que luego hubo acciones para contener a integrantes del plantel y que el equipo permaneció en la ceremonia de premiación.