El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) derogó mediante la Resolución 197/26 la normativa 283 de 2015, una disposición dictada durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner que había endurecido los criterios para el patentamiento de materia viva y desarrollos biotecnológicos.
La medida representa un nuevo paso dentro de la estrategia oficial para fortalecer la protección de la propiedad intelectual en el ámbito agropecuario y de la innovación tecnológica. Según sostuvo el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, la modificación permite que la Argentina se acerque a los estándares internacionales vigentes y facilite el acceso a nuevas tecnologías para la producción.
Un cambio en los criterios de patentabilidad
La resolución eliminó una de las exigencias más cuestionadas por empresas y desarrolladores del sector: la obligación de que determinados componentes biológicos modificados estuvieran “aislados” del organismo para poder ser patentados.
Desde la óptica de la industria, ese requisito reducía significativamente las posibilidades de protección legal para innovaciones aplicadas a la producción agropecuaria. Con la derogación, el proceso de patentabilidad queda flexibilizado, aunque se mantienen las limitaciones establecidas por la legislación vigente.
La normativa actual continúa estableciendo que no pueden patentarse plantas, animales ni procedimientos esencialmente biológicos destinados a su reproducción o producción. En ese marco, el INPI sustituyó el apartado 2.1.7.2 del Capítulo IV Parte C del Anexo de la Resolución 243/2003.
El nuevo texto establece que “no se considerará invenciones a las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para su reproducción o producción (obtención)” y que, por lo tanto, quedan excluidos de protección.
También se especifica que la exclusión alcanza a:
a) Las plantas y las partes o componentes que puedan conducir a un individuo completo, modificados o no, incluyendo especies y variedades vegetales.
b) Los animales y sus partes que puedan conducir a un individuo completo, modificados o no, incluyendo especies y razas animales.
Asimismo, continúan excluidos los procedimientos esencialmente biológicos destinados a la reproducción o producción de plantas y animales.
El debate por las semillas y las inversiones
La decisión se conoce en un contexto de discusión más amplia sobre la protección de la innovación en semillas. La industria viene reclamando desde hace años una actualización normativa y una mayor adhesión a estándares internacionales como UPOV-91, un acuerdo que amplía la protección de los obtentores vegetales.
Uno de los antecedentes más citados por el sector fue la salida de Bayer del negocio de semillas de soja en la Argentina en 2021, en medio de cuestionamientos vinculados a la protección de la propiedad intelectual en semillas autógamas.
En paralelo, el Gobierno impulsa conversaciones con la Mesa de Enlace y empresas semilleras para avanzar en una nueva ley de semillas que reemplace a la vigente desde 1973, una norma creada antes de la aparición de la biotecnología agrícola moderna.
La semana pasada, además, la administración nacional eliminó las resoluciones 99 y 810 de 2001, que obligaban a la intervención de un grupo de trabajo integrado por distintos organismos estatales en los procesos de patentabilidad, un mecanismo que, según el Ejecutivo, agregaba complejidad administrativa.
La posición oficial
Tras la publicación de la medida, Sturzenegger afirmó que la Argentina “vuelve al mundo en biotecnología”.
“Por Resolución 197/26 el @INPI_Argentina deroga la Resolución 283/15 sobre (no) patentamiento de materia viva y biotecnología, una mejora trascendental en el respeto a la propiedad intelectual y a la innovación en nuestro país. Aquella norma de los últimos días del segundo mandato de @CFKArgentina, para decirlo en criollo, había hecho casi imposible patentar desarrollos biotecnológicos en Argentina. Exigía que las partes y componentes modificados estuvieran “aislados” del organismo —condición que los privaba de toda aplicación industrial y, por ende, de protección. ¿Cómo innova alguien sin certeza de que su invención será protegida? El resultado fue previsible: Argentina quedó rezagada frente a países que adoptaron criterios más flexibles», dijo.
Según el funcionario, “nuestra producción agropecuaria —una de las más competitivas del mundo— no podía acceder a tecnologías clave que mejoran productividad, sustentabilidad y competitividad internacional».
Además, sostuvo que la falta de protección adecuada de la propiedad intelectual implica desalentar “el conocimiento, la inversión y el progreso”, y afirmó que la modificación permite que el país se alinee con las exigencias de sus principales socios comerciales.
“La propiedad intelectual sólida es una condición de entrada a los grandes mercados. No es negociable para la UE, no lo es para EE.UU., no lo es para ningún acuerdo serio”, indicó. También remarcó que la Argentina “deja de ser el país que llega a la mesa de negociación con reglas que el mundo rechaza”.
El Gobierno nacional derogó una resolución del INPI vigente desde 2015 que imponía restricciones para el patentamiento de desarrollos biotecnológicos. La medida, formalizada mediante la Resolución 197/26, flexibiliza los criterios para la protección de innovaciones vinculadas a la biotecnología agrícola y busca alinear la normativa argentina con estándares internacionales para fomentar inversiones, innovación y acceso a nuevas tecnologías.
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial
Once años para descubrir que pedirle a una tecnología que estuviera “aislada” para poder ser patentada era como exigirle a un tractor que trabajara sin tocar el campo. La resolución cayó y, con ella, una de esas condiciones regulatorias que parecían redactadas por alguien que desconfiaba hasta de las semillas.
La discusión gira alrededor de propiedad intelectual, inversiones y biotecnología, palabras que suelen generar menos entusiasmo que una fila en el Registro Civil. Pero detrás de esos términos hay una pelea concreta: quién desarrolla, quién invierte y quién decide si una innovación llega o se queda archivada en una carpeta llena de sellos.
Durante años, el sector privado sostuvo que las reglas argentinas para patentar desarrollos biotecnológicos eran más difíciles de atravesar que un trámite estatal con tres ventanillas que se derivan entre sí. La exigencia de que ciertos componentes estuvieran “aislados” del organismo terminaba generando una paradoja notable: cuanto más útil resultaba una innovación para la producción, más complicado era protegerla.
La consecuencia, según las empresas del sector, fue una pérdida de atractivo para las inversiones. No porque la Argentina carezca de potencial agrícola. Más bien al contrario. El problema era parecido al de abrir un local en una avenida repleta de clientes y anunciar después que nadie puede cobrar por lo que vende.
En el medio quedaron debates que llevan décadas acumulando polvo sobre escritorios oficiales. La ley de semillas vigente nació en 1973, cuando la biotecnología agrícola todavía pertenecía al terreno de la ciencia ficción para la mayoría de los productores. El mundo avanzó, aparecieron nuevas herramientas, nuevos desarrollos y nuevas formas de protección intelectual. La norma siguió ahí, observando el paso del tiempo con la serenidad de una guía telefónica.
Ahora el Gobierno presenta la derogación como una forma de acercarse a estándares internacionales y facilitar la llegada de tecnologías al sector agropecuario. Sus críticos dirán que se fortalece la posición de grandes empresas. Sus defensores responderán que sin protección no hay innovación posible. Mientras tanto, la semilla sigue haciendo lo mismo que hace desde siempre: crecer. Lo extraordinario era que el debate sobre cómo protegerla parecía crecer más lento.
La biotecnología volvió al centro de la escena. Porque en la Argentina hasta una semilla puede terminar atrapada en una discusión política más larga que su propio ciclo productivo.
Contenido humorístico generado por inteligencia artificial
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) derogó mediante la Resolución 197/26 la normativa 283 de 2015, una disposición dictada durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner que había endurecido los criterios para el patentamiento de materia viva y desarrollos biotecnológicos.
La medida representa un nuevo paso dentro de la estrategia oficial para fortalecer la protección de la propiedad intelectual en el ámbito agropecuario y de la innovación tecnológica. Según sostuvo el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, la modificación permite que la Argentina se acerque a los estándares internacionales vigentes y facilite el acceso a nuevas tecnologías para la producción.
Un cambio en los criterios de patentabilidad
La resolución eliminó una de las exigencias más cuestionadas por empresas y desarrolladores del sector: la obligación de que determinados componentes biológicos modificados estuvieran “aislados” del organismo para poder ser patentados.
Desde la óptica de la industria, ese requisito reducía significativamente las posibilidades de protección legal para innovaciones aplicadas a la producción agropecuaria. Con la derogación, el proceso de patentabilidad queda flexibilizado, aunque se mantienen las limitaciones establecidas por la legislación vigente.
La normativa actual continúa estableciendo que no pueden patentarse plantas, animales ni procedimientos esencialmente biológicos destinados a su reproducción o producción. En ese marco, el INPI sustituyó el apartado 2.1.7.2 del Capítulo IV Parte C del Anexo de la Resolución 243/2003.
El nuevo texto establece que “no se considerará invenciones a las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para su reproducción o producción (obtención)” y que, por lo tanto, quedan excluidos de protección.
También se especifica que la exclusión alcanza a:
a) Las plantas y las partes o componentes que puedan conducir a un individuo completo, modificados o no, incluyendo especies y variedades vegetales.
b) Los animales y sus partes que puedan conducir a un individuo completo, modificados o no, incluyendo especies y razas animales.
Asimismo, continúan excluidos los procedimientos esencialmente biológicos destinados a la reproducción o producción de plantas y animales.
El debate por las semillas y las inversiones
La decisión se conoce en un contexto de discusión más amplia sobre la protección de la innovación en semillas. La industria viene reclamando desde hace años una actualización normativa y una mayor adhesión a estándares internacionales como UPOV-91, un acuerdo que amplía la protección de los obtentores vegetales.
Uno de los antecedentes más citados por el sector fue la salida de Bayer del negocio de semillas de soja en la Argentina en 2021, en medio de cuestionamientos vinculados a la protección de la propiedad intelectual en semillas autógamas.
En paralelo, el Gobierno impulsa conversaciones con la Mesa de Enlace y empresas semilleras para avanzar en una nueva ley de semillas que reemplace a la vigente desde 1973, una norma creada antes de la aparición de la biotecnología agrícola moderna.
La semana pasada, además, la administración nacional eliminó las resoluciones 99 y 810 de 2001, que obligaban a la intervención de un grupo de trabajo integrado por distintos organismos estatales en los procesos de patentabilidad, un mecanismo que, según el Ejecutivo, agregaba complejidad administrativa.
La posición oficial
Tras la publicación de la medida, Sturzenegger afirmó que la Argentina “vuelve al mundo en biotecnología”.
“Por Resolución 197/26 el @INPI_Argentina deroga la Resolución 283/15 sobre (no) patentamiento de materia viva y biotecnología, una mejora trascendental en el respeto a la propiedad intelectual y a la innovación en nuestro país. Aquella norma de los últimos días del segundo mandato de @CFKArgentina, para decirlo en criollo, había hecho casi imposible patentar desarrollos biotecnológicos en Argentina. Exigía que las partes y componentes modificados estuvieran “aislados” del organismo —condición que los privaba de toda aplicación industrial y, por ende, de protección. ¿Cómo innova alguien sin certeza de que su invención será protegida? El resultado fue previsible: Argentina quedó rezagada frente a países que adoptaron criterios más flexibles», dijo.
Según el funcionario, “nuestra producción agropecuaria —una de las más competitivas del mundo— no podía acceder a tecnologías clave que mejoran productividad, sustentabilidad y competitividad internacional».
Además, sostuvo que la falta de protección adecuada de la propiedad intelectual implica desalentar “el conocimiento, la inversión y el progreso”, y afirmó que la modificación permite que el país se alinee con las exigencias de sus principales socios comerciales.
“La propiedad intelectual sólida es una condición de entrada a los grandes mercados. No es negociable para la UE, no lo es para EE.UU., no lo es para ningún acuerdo serio”, indicó. También remarcó que la Argentina “deja de ser el país que llega a la mesa de negociación con reglas que el mundo rechaza”.
El Gobierno nacional derogó una resolución del INPI vigente desde 2015 que imponía restricciones para el patentamiento de desarrollos biotecnológicos. La medida, formalizada mediante la Resolución 197/26, flexibiliza los criterios para la protección de innovaciones vinculadas a la biotecnología agrícola y busca alinear la normativa argentina con estándares internacionales para fomentar inversiones, innovación y acceso a nuevas tecnologías.
Once años para descubrir que pedirle a una tecnología que estuviera “aislada” para poder ser patentada era como exigirle a un tractor que trabajara sin tocar el campo. La resolución cayó y, con ella, una de esas condiciones regulatorias que parecían redactadas por alguien que desconfiaba hasta de las semillas.
La discusión gira alrededor de propiedad intelectual, inversiones y biotecnología, palabras que suelen generar menos entusiasmo que una fila en el Registro Civil. Pero detrás de esos términos hay una pelea concreta: quién desarrolla, quién invierte y quién decide si una innovación llega o se queda archivada en una carpeta llena de sellos.
Durante años, el sector privado sostuvo que las reglas argentinas para patentar desarrollos biotecnológicos eran más difíciles de atravesar que un trámite estatal con tres ventanillas que se derivan entre sí. La exigencia de que ciertos componentes estuvieran “aislados” del organismo terminaba generando una paradoja notable: cuanto más útil resultaba una innovación para la producción, más complicado era protegerla.
La consecuencia, según las empresas del sector, fue una pérdida de atractivo para las inversiones. No porque la Argentina carezca de potencial agrícola. Más bien al contrario. El problema era parecido al de abrir un local en una avenida repleta de clientes y anunciar después que nadie puede cobrar por lo que vende.
En el medio quedaron debates que llevan décadas acumulando polvo sobre escritorios oficiales. La ley de semillas vigente nació en 1973, cuando la biotecnología agrícola todavía pertenecía al terreno de la ciencia ficción para la mayoría de los productores. El mundo avanzó, aparecieron nuevas herramientas, nuevos desarrollos y nuevas formas de protección intelectual. La norma siguió ahí, observando el paso del tiempo con la serenidad de una guía telefónica.
Ahora el Gobierno presenta la derogación como una forma de acercarse a estándares internacionales y facilitar la llegada de tecnologías al sector agropecuario. Sus críticos dirán que se fortalece la posición de grandes empresas. Sus defensores responderán que sin protección no hay innovación posible. Mientras tanto, la semilla sigue haciendo lo mismo que hace desde siempre: crecer. Lo extraordinario era que el debate sobre cómo protegerla parecía crecer más lento.
La biotecnología volvió al centro de la escena. Porque en la Argentina hasta una semilla puede terminar atrapada en una discusión política más larga que su propio ciclo productivo.