La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó este martes la medida cautelar que había suspendido temporalmente la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. El tribunal dejó sin efecto la resolución dictada por la jueza Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N°2, y restituyó la vigencia de la Ley 27.801 en territorio bonaerense.
La Cámara consideró que las leyes sancionadas mediante los mecanismos constitucionales cuentan con presunción de legitimidad y que su eventual inaplicabilidad debe surgir del control judicial efectuado sobre situaciones concretas. Los camaristas entendieron que una medida cautelar no podía suspender preventivamente y con alcance general una norma aprobada por el Congreso.
La resolución original de Pascual había sido dictada en el marco de un hábeas corpus preventivo y colectivo y había frenado durante 60 días la implementación del régimen en la provincia ante cuestionamientos vinculados con las condiciones de infraestructura y alojamiento para adolescentes privados de su libertad.
Berni cuestionó la decisión inicial de la jueza
Consultado sobre la controversia, el senador provincial y exministro de Seguridad bonaerense Sergio Berni cuestionó con dureza la cautelar que había frenado la aplicación de la norma. “Tiene que ver con una definición política de una jueza tendiente a parar la aplicación diciendo que no estaban dando las condiciones 180 días después de que se promulgó”, afirmó.
Y añadió: “(Pascual) Dice que no estaban dadas las condiciones para la detención de menores. No lo hizo el mismo día en que se promulgó la ley. La ley le daba 180 días para adaptar el sistema”.
“Me parece que, lejos de haber sido una mirada que tiene que ver con un análisis real de los lugares de detención, tiene que ver con cuestiones políticas”, apuntó Berni, atribuyendo de esa manera una motivación política a la decisión judicial.
El legislador también se refirió a las facultades existentes antes de la nueva normativa. “Después está la controversia. Sin esta ley en Buenos Aires cualquier fiscal tiene la posibilidad de, si entiende que el menor está detenido y es peligroso, pedir la detención y una medida de encierro en un instituto de menores”, aclaró.
“Hay menores de 14 años detenidos. Y si esta jueza dice que las condiciones no son las correctas para la resocialización, hay que preguntarse qué está pasando con estos menores. Es todo controvertido”, afirmó.
Las críticas de Berni a la edad fijada por la ley
Aunque se manifestó de acuerdo con discutir una modificación del régimen, Berni cuestionó el diseño finalmente aprobado. “Después me parece que hay que analizar la ley. Creo que Argentina perdió la oportunidad de promulgar un proceso de reforma juvenil que sea modelo en el mundo”, sostuvo.
La Ley 27.801 estableció un nuevo Régimen Penal Juvenil y fijó en 14 años la edad mínima de punibilidad, reduciendo el umbral que anteriormente estaba establecido en 16 años.
Sobre ese punto, Berni señaló que la edad se estableció de “manera arbitraria” ya que, según planteó, “nadie puede explicar por qué a los 14 años”.
“Hay procesos en el ser humano que tienen un desarrollo temporal. Por ejemplo, un parto dura nueve meses. Una mujer ovula cada 28 días. Cuándo es el proceso neuromadurativo de un chico no está determinado. Y de eso se trata la imputabilidad”, expresó.
Luego agregó: “Las penas son necesarias para resocializar a las personas. En el caso de los chicos, debe ser contundente, porque estamos a tiempo para sacar a esos chicos de la criminalidad y convertirlos en una persona de bien”.
La advertencia sobre el reclutamiento de menores
Berni sostuvo que la reducción de la edad, si se aplica como único criterio, podría generar efectos distintos de los buscados. “Hay que llevar a una pericia psiquiátrica. Y si el menor comprendió la criminalidad, debe atravesar un proceso penal, tener una sentencia y empezar la resocialización”, afirmó.
También planteó que las organizaciones criminales podrían modificar la edad de reclutamiento para utilizar adolescentes que queden por debajo del límite fijado por la normativa. “Cuando se pone una edad límite, las bandas criminales antes resultaban menos de 16 años y ahora reclutan menores de 14 años y los introducen más temprano al delito. Entonces vamos a conseguir los efectos contrarios”, sostuvo.
Finalmente, Berni cuestionó las circunstancias políticas en las que se aprobó el régimen: “Me parece una ley que se sacó con fines electoralistas y que, lejos de resolver una situación, la viene a agravar. Había que bajar la ley de imputabilidad, sí. Pero así como se bajó, está mal”.
La decisión de la Cámara dejó nuevamente vigente el Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires, mientras continúa el debate judicial y político sobre las condiciones de detención, la aplicación de la nueva normativa y los criterios establecidos para la responsabilidad penal de los adolescentes.
La Cámara de Apelación de Lomas de Zamora revocó la cautelar que había suspendido la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. Tras la decisión, Sergio Berni cuestionó tanto el fallo inicial como aspectos de la ley que fijó en 14 años la edad de punibilidad y advirtió sobre posibles efectos del nuevo esquema.
La nueva ley penal juvenil consiguió algo que parecía reservado a las discusiones sobre el dólar: que cada decisión abra inmediatamente otra discusión. Primero una jueza suspendió su aplicación durante 60 días en territorio bonaerense; después la Cámara revocó la cautelar; y finalmente Sergio Berni apareció para explicar que, aunque considera necesario modificar la edad de imputabilidad, tampoco está conforme con la manera en que se hizo. El derecho penal juvenil ingresó así en esa dimensión argentina donde una norma puede estar vigente, suspendida, nuevamente vigente y debatida antes de que buena parte de la población haya terminado de entenderla.
La Cámara sostuvo que una ley sancionada por el Congreso tiene presunción de legitimidad y no puede quedar congelada de manera general mediante una cautelar. Berni, por su parte, cuestionó la decisión inicial de la jueza Marta Pascual y la vinculó con una “definición política”. El resultado es un debate donde cada participante parece sostener una parte diferente del tablero: unos discuten infraestructura, otros constitucionalidad, otros política criminal y todos coinciden, al menos, en que el problema difícilmente entre completo dentro de un expediente.
Después llegó la cuestión de los 14 años. Berni planteó que establecer esa edad de manera uniforme no resuelve por sí sola cuándo un adolescente comprende la criminalidad de sus actos y advirtió sobre un posible desplazamiento en el reclutamiento que realizan las organizaciones delictivas. La legislación, en consecuencia, enfrenta el desafío ancestral de todas las leyes: descubrir que la realidad no necesariamente leyó los fundamentos antes de empezar a funcionar.
La discusión seguirá entre tribunales, política y especialistas, con menores, familias e instituciones en el centro de un asunto donde los eslóganes ofrecen respuestas considerablemente más rápidas que el sistema judicial. Por ahora, la cautelar cayó, la norma volvió a regir en territorio bonaerense y el debate sobre cómo debe aplicarse apenas consiguió demostrar que también es plenamente imputable.