La Cámara de Senadores de Mendoza dio media sanción al proyecto que adapta el sistema judicial provincial al nuevo Régimen Penal Juvenil, que alcanza a adolescentes desde los 14 años.

La iniciativa recibió 25 votos afirmativos y ninguno negativo, mientras que 10 senadores optaron por abstenerse. Entre ellos estuvieron representantes de Encuentro Mendocino y Fuerza Patria. Ahora, el proyecto deberá ser tratado por la Cámara de Diputados.

La propuesta cuenta con 109 artículos e introduce modificaciones en el Régimen Especial Penal Juvenil y en el Código Procesal Penal provincial, con procedimientos específicos destinados a personas menores de 18 años.

Desde el oficialismo señalaron que el texto llegó al recinto después de atravesar modificaciones realizadas en comisión, con aportes de legisladores de distintos espacios políticos, magistrados y miembros de la Suprema Corte de Justicia provincial.

Durante el debate, sectores del peronismo cuestionaron los tiempos empleados por el Ejecutivo provincial para presentar la iniciativa y señalaron que la adecuación fue enviada a la Legislatura pocas semanas antes de cumplirse el plazo establecido para adaptar la normativa provincial.

Un Código Procesal Penal específico para adolescentes

La reforma nacional reemplazó el régimen que se encontraba vigente desde 1980 y no se limita únicamente a modificar la edad de imputabilidad. También incorpora nuevas sanciones, alternativas al encierro, mecanismos de seguimiento y reglas especiales para la privación de la libertad.

El proyecto mendocino crea un Código Procesal Penal Juvenil que establece procedimientos específicos para adolescentes en conflicto con la ley penal y organiza los distintos organismos que intervendrán en cada etapa.

Durante la discusión legislativa, representantes del radicalismo remarcaron que la privación de la libertad será «la última instancia».

Entre las alternativas previstas aparecen la reparación del daño causado a la víctima, con medidas que podrán incrementarse según la gravedad o reiteración del hecho, la obligación de finalizar los estudios, la realización de capacitaciones laborales y, para los casos considerados más graves, penas privativas de la libertad.

Qué ocurrirá cuando sea detenido un adolescente

El sistema estará destinado a adolescentes de 14 a 17 años al momento de cometer el hecho. Cuando sean aprehendidos, podrán ser trasladados inicialmente a una dependencia policial, pero deberán ser derivados inmediatamente a la Unidad de Procedimientos y Abordaje de la Niñez y Adolescencia de la Policía de Mendoza (Upana).

Según el proyecto, el fiscal tendrá que resolver dentro de las primeras tres horas si dispone el traslado a la Upana o el reintegro del adolescente a su entorno familiar.

El artículo 26 establece que la permanencia en esa unidad será «excepcional» y no podrá extenderse durante más de 12 días.

Si se dicta prisión preventiva, el adolescente deberá ser trasladado inmediatamente a un centro especializado dependiente de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil (DRPJ).

La normativa prevé además que los jóvenes de 14 a 16 años permanezcan separados de quienes tengan entre 16 y 17 años. La misma diferenciación deberá respetarse en el sistema de Responsabilidad Penal Juvenil cuando exista una pena privativa de la libertad.

Los adolescentes no serán alojados en cárceles comunes destinadas a mayores de edad. Entre las alternativas al encierro también aparecen el monitoreo electrónico y la permanencia domiciliaria supervisada.

Supervisores y un fuero penal juvenil especializado

Una de las figuras incorporadas por la reforma es la del «supervisor especializado», que será designado por el órgano judicial competente.

Su función será controlar el cumplimiento de las obligaciones y medidas impuestas al adolescente, incluso cuando no exista una pena privativa de la libertad.

El supervisor especializado «elevará informes técnicos periódicos de evolución (en plazos no mayores a 3 meses) al órgano jurisdiccional competente».

En materia judicial, el proyecto establece un fuero especializado integrado por Juez Penal Juvenil, Tribunal Penal Juvenil, Ministerio Público Fiscal y Defensa Penal Juvenil especializados, además de un Ministerio Pupilar para los casos de personas no punibles.

El Tribunal Penal Juvenil estará integrado por tres jueces, aunque podrá funcionar de manera unipersonal en determinados casos simples.

Los adolescentes condenados cumplirán las medidas en centros especializados y separados de los adultos, bajo un régimen socioeducativo en el que deberán garantizarse educación, salud y formación laboral.

La escolarización, según establece el proyecto, no podrá ser suspendida como sanción disciplinaria.

Qué pasa cuando cumplen 18 años

La reforma contempla un «régimen progresivo de ejecución», con mecanismos de evaluación, salidas excepcionales, modalidades abiertas y diferentes formas de egreso.

El artículo 81 regula además los casos en los que un adolescente cumple 18 años durante el proceso judicial o mientras cumple una condena.

En esas situaciones deberán iniciarse gestiones para su «traslado a un establecimiento de mayores», donde deberá garantizarse «un alojamiento en un sector diferenciado adecuado a su edad y proceso de reintegración».

Cómo funcionará la flagrancia juvenil

Otro de los cambios centrales aparece en el artículo 63, que crea un procedimiento específico de «flagrancia juvenil».

El mecanismo establece audiencias «orales e inmediatas» y prioriza alternativas como la justicia restaurativa, la mediación y los criterios de oportunidad antes de avanzar hacia un juicio.

La audiencia inicial deberá realizarse, como máximo, tres días después de la imputación. En esa instancia se evaluarán las medidas cautelares y tendrán tratamiento prioritario los mecanismos de «justicia restaurativa, remisión, mediación o criterios de oportunidad».

El proyecto también dispone expresamente que los adolescentes no serán sometidos a juicio por jurados populares.

El debate será «oral y reservado». En los casos en que exista un adulto coimputado por un delito que deba resolverse mediante juicio por jurados, el mayor podrá ser juzgado por ese sistema, mientras que el adolescente será sometido a un proceso ante el Tribunal Penal Juvenil integrado por jueces técnicos.

Con la media sanción obtenida en el Senado, el proyecto deberá atravesar ahora el debate en la Cámara de Diputados de Mendoza antes de convertirse definitivamente en ley provincial.