El Gobierno nacional publicó el lunes 26 de octubre el Decreto 1266/2026. La norma aprobó la reglamentación del capítulo I de la Ley 27.828, referido a las modificaciones al Régimen de Zona Fría.
La ley entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, el 13 de octubre. Para las zonas incorporadas en 2021, vivir en una zona alcanzada dejó de ser el único requisito para recibir la bonificación adicional. La ley modificó el criterio para acceder al descuento en San Juan.
Quiénes pueden recibir la bonificación adicional
La normativa mantiene un tratamiento especial para la Patagonia, Malargüe y la Puna, con modalidades a determinar por el Poder Ejecutivo o la autoridad de aplicación. Para las demás zonas contempladas, la Ley 27.828 prevé una bonificación adicional dentro del SEF.
En San Juan, el adicional corresponde a usuarios residenciales de localidades ubicadas en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, que no integren el régimen histórico. El criterio está definido por la subzona de la localidad, no solo por el departamento.
Además, el hogar debe estar inscripto en el ReSEF y cumplir al menos una de estas cuatro condiciones:
- Ingresos netos conjuntos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2.
- Un integrante con Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP.
- Un integrante con Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Un integrante con CUD; en ese caso, la Secretaría de Energía evalúa la necesidad de ayuda económica.
Los cuatro requisitos no son acumulativos: alcanza con cumplir uno, además de la inscripción y del criterio de localidad.
Cómo consultar el beneficio y cómo se aplica en la factura
El portal oficial de subsidios permite inscribirse o consultar el SEF, verificar si el hogar recibe el subsidio y solicitar una revisión. Para hacer la gestión, hay que tener a mano el número de medidor y el de cliente o servicio que aparecen en la factura, el DNI vigente, el CUIL de los integrantes mayores de 18 años y un correo electrónico.
Las distribuidoras y subdistribuidoras continúan aplicando las bonificaciones en las facturas. Después de los controles, los fondos se transfieren directamente a las empresas proveedoras, según informaron medios locales. Esos mismos informes indicaron que el decreto no fijó un porcentaje general nuevo para todos los hogares ni anunció un aumento tarifario uniforme.
La ley financia el fondo con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. La normativa exceptúa el gas destinado a exportación y el GNL importado y regasificado. La Secretaría de Energía es la autoridad de aplicación, el ENReGE controla técnicamente la información de las prestadoras y el Banco Nación administra el fondo.
Qué antecedente existe para San Juan
Como referencia histórica, ENARGAS contabilizó 116.691 usuarios alcanzados por la ampliación de Zona Fría en San Juan, según información de las prestadoras disponible a marzo de 2022. El registro abarcó ocho departamentos: 9 de Julio, Albardón, Capital, Chimbas, Pocito, Rawson, Rivadavia y Santa Lucía.
Ese dato corresponde a 2022 y no indica cuántos hogares cumplirán las nuevas condiciones. La Ley 27.828 mantiene vigente el régimen hasta el 31 de diciembre de 2031.
El Gobierno nacional reglamentó Zona Fría el lunes 26 de octubre, tras la entrada en vigencia de la Ley 27.828 el 13 de octubre. La ley condiciona en San Juan la bonificación adicional a la localidad, la inscripción en el ReSEF y al menos uno de los criterios socioeconómicos. ENARGAS registró 116.691 usuarios alcanzados en marzo de 2022, una cifra histórica que no define cuántos cumplirán las nuevas condiciones.
Para recibir el adicional de Zona Fría en San Juan, ya no alcanza con vivir en una zona alcanzada. La localidad debe estar en las subzonas previstas, el hogar tiene que inscribirse en el ReSEF y cumplir al menos un criterio socioeconómico. El mapa pasó de llave maestra a primer casillero: después viene el formulario, que nunca trabaja solo.
El Gobierno nacional publicó el Decreto 1266/2026 el lunes 26 de octubre. La Ley 27.828 ya estaba vigente desde el 13, así que los requisitos cambiaron antes de que llegara la reglamentación. Primero cambió la regla y después apareció el instructivo: una secuencia que cualquier persona que haya hecho un trámite reconoce.
La ley exige cumplir una de cuatro condiciones: ingresos netos conjuntos de hasta tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2; un Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP; una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur; o un integrante con CUD, caso que evalúa la Secretaría de Energía. El menú tiene varias opciones, pero la última viene con evaluación aparte.
El portal oficial permite inscribirse o consultar el SEF, comprobar si el hogar recibe el subsidio y solicitar una revisión. Para hacer la gestión, pide el número de medidor y el de cliente o servicio de la factura, DNI vigente, CUIL de los integrantes mayores de 18 años y un correo electrónico. La factura vuelve a tener papel protagónico en la vida doméstica.
Las distribuidoras y subdistribuidoras siguen aplicando las bonificaciones en las facturas; los fondos se transfieren a las empresas proveedoras después de los controles. Según informaron medios locales, el decreto no estableció un porcentaje general nuevo para todos los hogares ni anunció un aumento tarifario uniforme. El beneficio aparece en la factura, aunque el recorrido del dinero pase por varias oficinas.
El fondo se financia con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. La Secretaría de Energía es la autoridad de aplicación; el ENReGE controla la información técnica y el Banco Nación administra el fondo. La normativa repartió tareas con la precisión de un organigrama que, por una vez, tiene nombres propios.
Como antecedente, ENARGAS contabilizó 116.691 usuarios alcanzados por la ampliación de Zona Fría en San Juan, según datos de las prestadoras disponibles a marzo de 2022. La cifra abarcó ocho departamentos: 9 de Julio, Albardón, Capital, Chimbas, Pocito, Rawson, Rivadavia y Santa Lucía. El dato es histórico y no representa cuántos hogares cumplen las nuevas condiciones.
La Ley 27.828 mantiene vigente el régimen hasta el 31 de diciembre de 2031. Para cada hogar, la localidad, la inscripción y los requisitos del SEF determinan si corresponde la bonificación adicional.
