Qué hacer si el PAMI te niega un remedio: el fallo que beneficia a todos los jubilados

Redacción Cuyo News
6 min

En una sentencia que sienta un precedente fundamental para el sistema previsional y el derecho a la salud en Argentina, la Justicia Federal ordenó al PAMI otorgar la cobertura integral de un medicamento a un afiliado que padece una patología crónica. El fallo, dictado por el juez Daniel Alonso, titular del Juzgado Federal 2 de Paraná, se dio a conocer tras la acción de amparo presentada por el paciente ante la negativa sistemática del organismo.

El demandante, identificado como F.A., de 71 años, sufre de Dermatitis Atópica Grave, una afección que requiere un tratamiento específico y de alto costo. La obra social de los jubilados había rechazado la provisión del fármaco bajo el argumento técnico de que el mismo «no se encontraba incluido en su vademécum oficial», lo que impedía su entrega de manera automática y gratuita.

El derecho a la vida digna sobre la administración

El magistrado desestimó los argumentos administrativos de la entidad, subrayando que las limitaciones internas de una obra social no pueden vulnerar preceptos constitucionales. El fallo destaca que debe garantizarse el derecho a una vida digna, especialmente en sujetos que integran grupos vulnerables por su edad y estado de salud. En este sentido, la resolución ordena al PAMI:

  • Cobertura Integral (100%): La entidad debe garantizar el tratamiento de forma gratuita, sin costos adicionales para el jubilado.
  • Cumplimiento de la prescripción: La provisión del fármaco debe ajustarse estrictamente a lo indicado por el médico tratante, invalidando cualquier intento de sustitución por alternativas que no cumplan con el requerimiento clínico específico.

Un fallo con alcance nacional

La decisión judicial representa un precedente clave no solo para los afiliados del PAMI, sino para todos los usuarios del sistema de salud y obras sociales en general. La sentencia ratifica que el criterio médico profesional prevalece sobre las restricciones de las cartillas farmacéuticas cuando está en juego la integridad física del paciente. “La ley es clara en cuanto a la protección de la salud”, indicaron fuentes judiciales, marcando un límite a las facultades discrecionales de las auditorías médicas de las prestatarias.

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