Sueldos de bioquímicos: cuánto cobran en julio de 2026 según la nueva escala del SAFYB

Redacción Cuyo News
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El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) publicó la escala de remuneraciones mínimas obligatorias correspondiente a julio de 2026 para los profesionales bioquímicos comprendidos en los convenios colectivos del sector.

Los montos fueron establecidos en el marco de las paritarias homologadas mediante las Resoluciones ST 855/14, 64/15, 316/22 y 315/22 y alcanzan a quienes desempeñan tareas en laboratorios, hospitales, clínicas, obras sociales, mutuales, cooperativas, colegios, industrias y empresas vinculadas a alimentos, cosméticos y tecnología.

El gremio recordó que la escala tiene vigencia en todo el territorio nacional y constituye el piso salarial obligatorio para los trabajadores comprendidos por los convenios colectivos de trabajo 691/14, 707/15, 794/22 y 795/22.

Los salarios básicos de julio de 2026

La nueva escala salarial fija los siguientes haberes mínimos para cada categoría:

• Director Técnico o jefe: $3.525.000.

• Bioquímico auxiliar: $2.820.000.

• Bioquímico de planta: $2.350.000.

El sindicato precisó que la categoría de bioquímico de planta corresponde exclusivamente a quienes realizan tareas administrativas. En tanto, el Director Técnico asume la responsabilidad sanitaria de la institución y debe garantizar su presencia física o ser reemplazado por un profesional auxiliar habilitado.

Adicionales previstos en el convenio

Además de los salarios básicos, la grilla contempla una serie de adicionales remunerativos:

• Gestión: 20% ($470.000).

• Competencia: 12% ($282.000).

• Atención bioquímica: 10% ($235.000).

• Elaboración y control: 10% ($235.000).

• Idioma: 10% ($235.000).

• Permanencia: 10% ($235.000).

• Atención domiciliaria: 5% ($117.500).

• Zona desfavorable: 27% ($634.500) o 30% ($705.000), según corresponda.

Jornada laboral y condiciones especiales

Los valores establecidos corresponden a una jornada laboral de 36 horas semanales bajo relación de dependencia.

El convenio también dispone que quienes trabajen en droguerías percibirán un incremento del 25% sobre el salario correspondiente, mientras que para quienes desarrollan tareas en la industria el adicional asciende al 50%.

Asimismo, las tareas realizadas durante los sábados por la tarde, domingos y feriados deben abonarse con un recargo del 100%, mientras que las guardias profesionales comprenden turnos continuos de 24 horas, de acuerdo con las condiciones fijadas por el convenio colectivo.

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