El Decreto 1203/2026 fue fechado el 16 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial este lunes 19 de octubre y rige desde esa publicación. Alcanza al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y a trabajadores con contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo, en la Administración Pública Nacional centralizada.
El régimen no es un plan para los empleados de la Administración Pública Provincial de San Juan ni de los municipios. En la provincia, el Gobierno viene afinando un plan de retiros voluntarios y mira al sector minero, por un camino distinto.
Quién puede solicitarlo y cuánto corresponde
La adhesión estará abierta del 1 al 30 de noviembre. La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública puede prorrogar el plazo una sola vez, por hasta 30 días corridos.
El esquema informado del régimen separa a los agentes en tres grupos. En el primero entran las mujeres desde los 58 años y los hombres desde los 63 que no tengan aportes suficientes para jubilarse. Pueden optar por una gratificación única de un salario bruto por año de antigüedad, con tope de 18 remuneraciones y un límite según los meses que falten para jubilarse, o por el 60% de la remuneración bruta habitual durante un máximo de 36 meses, o hasta reunir los requisitos jubilatorios si eso ocurre antes.
El segundo grupo reúne a mujeres de 58 a 64 años y a hombres de 63 a 64, con al menos 30 años de aportes. La compensación es de un salario bruto por año de antigüedad, hasta 18 remuneraciones, más cinco salarios brutos adicionales.
El tercero incluye a mujeres de hasta 57 años y a hombres de hasta 62. Reciben un salario bruto por año de antigüedad, con un máximo de 20 remuneraciones, más cuatro salarios adicionales si tienen menos de 15 años de antigüedad en planta permanente o cinco si tienen 15 años o más. Esa fórmula puede llegar a 25 salarios brutos y no es una suma fija para todos.
Quiénes no pueden adherir
Quedan afuera el personal transitorio y el de organismos descentralizados. ANSES no está alcanzada por este régimen. Tampoco entran las Fuerzas Armadas y de seguridad, el área de Inteligencia y el Servicio Exterior.
Tampoco pueden adherir, entre otros casos, los agentes procesados por delitos contra la Administración Pública, los sometidos a determinados sumarios, quienes tengan una renuncia pendiente o estén en disponibilidad, ni quienes tengan reclamos laborales contra el Estado sin desistir de ellos conforme a la norma.
Ese alcance deja aparte el retiro voluntario ya abierto en ANSES, que tiene sus propios requisitos, montos y fecha límite.
Qué ocurre si presentan la solicitud
La solicitud no garantiza la aceptación. Cada jurisdicción puede rechazarla si considera que la baja afecta la prestación de los servicios. Las autoridades tienen 40 días corridos para resolver y, si no hay aceptación expresa, el pedido se considera rechazado.
La adhesión aceptada implica el cese de la relación laboral y la eliminación del cargo presupuestario. Quienes reciban el beneficio no podrán reincorporarse al Sector Público Nacional durante ocho años.
Las gratificaciones de hasta $20 millones se pagan en un único pago. Los montos superiores se pagan en cuotas mensuales consecutivas de $20 millones, hasta un máximo de tres, con el saldo restante en la última cuota.
El Decreto 1203/2026 creó un retiro voluntario para parte del personal nacional, vigente desde este lunes 19 de octubre. La adhesión va del 1 al 30 de noviembre y el pago se calcula por edad, aportes y antigüedad, con una fórmula que puede llegar a 25 salarios brutos y no es igual para todos. No incluye a empleados provinciales ni municipales de San Juan, ni a ANSES.
Del 1 al 30 de noviembre, y si nadie dice que sí en 40 días, el pedido queda rechazado. El retiro voluntario alcanza a una parte de la Administración Pública Nacional centralizada. Anotarse no es cobrar: cada jurisdicción puede decir que no si entiende que la baja complica los servicios. El silencio, en este trámite, no es una pausa. Es la respuesta.
Salió en el Boletín Oficial este lunes 19 de octubre, fechado el 16, y rige desde la publicación. Entran la planta permanente de la Ley 25.164 y los contratos por tiempo indeterminado de la administración centralizada. Los empleados de la provincia de San Juan y de los municipios quedan en otra fila, aunque el Gobierno provincial viene afinando un plan de retiros voluntarios con la mira en la minería. Dos ventanillas. El número de una no sirve en la otra.
Los grupos tienen la gracia de un formulario que ya conocés de memoria. Mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63, sin aportes para jubilarse, eligen una gratificación por antigüedad con tope de 18 sueldos brutos o el 60% del salario durante hasta 36 meses. Mujeres de 58 a 64 y hombres de 63 a 64, con al menos 30 años de aportes, suman cinco salarios brutos a ese tope de 18. Mujeres de hasta 57 y hombres de hasta 62 parten de un sueldo por año, con techo de 20, más cuatro si tienen menos de 15 años en planta permanente o cinco si tienen 15 o más. La fórmula puede llegar a 25 salarios brutos. El «hasta» trabaja como en la góndola: el cartel es enorme y el ticket no siempre coincide.
ANSES no entra en este régimen, y ya tiene su propio retiro voluntario. Tampoco entran el personal transitorio, los organismos descentralizados, las Fuerzas Armadas y de seguridad, Inteligencia ni el Servicio Exterior. Quedan afuera, entre otros, quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública, sometidos a determinados sumarios, con renuncia pendiente, en disponibilidad o con un reclamo laboral contra el Estado sin desistir. La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública puede estirar la inscripción una sola vez, hasta 30 días corridos. Una prórroga, no una segunda temporada.
Si aceptan, cesa la relación laboral, se elimina el cargo del presupuesto y durante ocho años no hay reingreso al Sector Público Nacional. Hasta $20 millones se pagan de una vez. Lo que pase de ahí va en cuotas mensuales de $20 millones, tres como máximo, y el saldo en la última. Ocho años es más largo que la cola para renovar el registro: alcanza para olvidar el legajo y para que el legajo también se olvide.
