El exjefe de Gabinete Manuel Adorni tiene plazo hasta el martes 22 de septiembre para presentar ante la Justicia las explicaciones requeridas sobre la evolución de su patrimonio. La fecha fue precisada luego de las dudas surgidas en torno al cómputo de la prórroga concedida para responder el requerimiento del fiscal federal Gerardo Pollicita.

La investigación tramita ante el juzgado federal de Ariel Lijo y analiza un presunto enriquecimiento ilícito. El requerimiento fiscal contiene 20 puntos relacionados con ingresos, gastos, bienes, préstamos, operaciones inmobiliarias y movimientos con criptomonedas correspondientes al período en que Adorni ejerció funciones públicas.

La defensa ya obtuvo una extensión para contestar el planteo. Aunque inicialmente hubo distintas interpretaciones acerca de cuándo concluía el plazo, fuentes judiciales precisaron que se trataba de “15 días hábiles”. El primer período finalizó el 1 de septiembre y desde allí comenzó a computarse la prórroga, cuyo vencimiento quedó establecido para el 22 de septiembre. Hasta el momento, no se informó oficialmente sobre una nueva extensión.

Una vez que reciba la documentación y las respuestas, Pollicita deberá analizar si las explicaciones permiten despejar los interrogantes que surgieron durante la investigación. Si la fiscalía considera que las justificaciones resultan insuficientes, podría solicitar que Adorni sea citado a declaración indagatoria, aunque esa instancia todavía no fue ordenada.

Las cifras que analiza la fiscalía

Uno de los principales puntos del expediente es la relación entre los ingresos comprobados de Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, y los gastos reconstruidos durante el período investigado.

Según el requerimiento fiscal, el matrimonio registró ingresos por 229.752.283,20 pesos, mientras que los gastos relevados alcanzaron los 272.820.832,20 pesos. La diferencia asciende a 43.068.549 pesos y forma parte de los movimientos que deberán ser explicados ante la Justicia.

A ese análisis se agregan desembolsos por aproximadamente 402.578,12 dólares vinculados con propiedades, refacciones, mobiliario, alquileres y otros gastos. De acuerdo con el planteo de la fiscalía, esos movimientos “no encuentran correlato en los ingresos lícitos comprobados”.

La investigación también alcanza a Angeletti y comprende el período iniciado con el ingreso de Adorni al Gobierno nacional en diciembre de 2023 y finalizado con su salida del Ejecutivo en junio de 2026. Los investigadores analizaron declaraciones juradas y cruzaron información patrimonial, bancaria, inmobiliaria y relacionada con plataformas de criptomonedas.

Propiedades, préstamos y criptomonedas bajo análisis

Entre los puntos que deberá responder Adorni aparecen préstamos atribuidos a familiares, operaciones relacionadas con un vehículo, gastos vinculados con una propiedad en el country Indio Cuá y la adquisición de un departamento en Caballito. También se investigan movimientos y antecedentes relacionados con inversiones en criptomonedas.

La fiscalía profundizó durante los últimos meses el análisis de esas operaciones mediante pedidos de información a organismos públicos, entidades financieras, administraciones privadas y plataformas vinculadas con activos digitales. Entre otras medidas, se solicitaron datos a Binance y Lemon Cash y documentación relacionada con las obras realizadas en la propiedad de Indio Cuá.

Otro aspecto de la pesquisa está relacionado con la explicación brindada por Adorni acerca de inversiones anteriores en bitcoin. El fiscal pidió información destinada a reconstruir la evolución histórica de la criptomoneda y verificar los movimientos señalados por el exfuncionario en relación con esos activos.

Con el vencimiento fijado para el martes 22 de septiembre, el próximo paso dependerá de la documentación que presente la defensa y de la evaluación posterior del fiscal. Si los elementos aportados no permiten despejar los interrogantes patrimoniales, Pollicita podrá impulsar nuevas medidas dentro del expediente y eventualmente solicitar una declaración indagatoria, cuya convocatoria corresponde resolver al juez Lijo.