Caputo demora la reforma de Inocencia Fiscal y ARCA analiza un botón clave para Ganancias

Redacción Cuyo News
Redacción Cuyo News
9 min

La reunión entre el ministro de Economía, Luis Caputo, y un grupo de reconocidos tributaristas fue reprogramada para el viernes 17 de julio. El objetivo será terminar de ajustar el proyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal, cuya presentación oficial está prevista para la próxima semana mediante una conferencia de prensa.

La iniciativa apunta a brindar mayor certeza y seguridad jurídica al régimen de Ganancias Simplificada, uno de los ejes centrales de la reforma. Sin embargo, el calendario juega en contra: el próximo 27 de julio vence el plazo para presentar las declaraciones juradas anuales de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular, mientras que el proyecto aún no comenzó su tratamiento legislativo.

La alternativa que analiza el Gobierno

Entre las opciones evaluadas figuró una nueva prórroga de los vencimientos, aunque esa posibilidad perdió fuerza debido a la caída de la recaudación registrada en junio. También se analizó incorporar un sexto anticipo, una alternativa que tampoco terminó de convencer al Ministerio de Economía.

En ese contexto comenzó a tomar impulso una nueva herramienta: el denominado «botón de Ganancias Simplificada». La propuesta contempla que quienes presenten y paguen sus obligaciones antes del vencimiento bajo el régimen general puedan, posteriormente, adherir al régimen simplificado mediante una opción disponible en el sistema de ARCA y acceder a los beneficios previstos por la futura reforma una vez que sea aprobada.

Según las fuentes consultadas, «aunque hayas presentado por el régimen general, si adherís al régimen simplificado a través del nuevo botón del sistema, podrás gozar de los beneficios de la reforma de la Ley de Inocencia Fiscal cuando sea aprobada».

Los principales cambios del anteproyecto

El anteproyecto introduce modificaciones profundas al régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias creado por la Ley 27.799, con efectos previstos para los períodos fiscales iniciados desde el 1 de enero de 2025.

Entre los cambios más relevantes se encuentra la eliminación de los límites patrimoniales y de ingresos que actualmente restringen el acceso al régimen. De prosperar la iniciativa, la posibilidad de adherir dependerá únicamente de no revestir la condición de Gran Contribuyente Nacional según la clasificación de ARCA.

El consultor Marcos Felice destacó que este cambio permitirá ingresar al régimen a contribuyentes que anteriormente quedaban excluidos por haber superado alguno de los topes patrimoniales o de ingresos durante los años considerados por la normativa vigente.

Además, el proyecto incorpora como requisito mantener la condición de residente fiscal argentino durante todo el período fiscal correspondiente, aunque esa exigencia no se aplicará para quienes adhieran durante el ejercicio 2025.

Fiscalizaciones y discrepancias

Uno de los aspectos técnicos más importantes modifica el concepto de discrepancia significativa, ya que de él depende que ARCA pueda impugnar una declaración jurada simplificada.

La reforma mantiene el parámetro del 15% de diferencia respecto del impuesto declarado, pero agrega un umbral económico mínimo. Con los valores actuales del Régimen Penal Tributario, no se configurará una discrepancia significativa cuando la diferencia no supere los $5.000.000, aun cuando exceda ese porcentaje.

El proyecto también incorpora una ventana para que los contribuyentes puedan presentar una declaración jurada rectificativa dentro de los 15 días hábiles posteriores a una notificación de ARCA, cancelar o regularizar la diferencia y conservar los beneficios del régimen.

Mayor carga probatoria para ARCA

Otra de las modificaciones relevantes establece que la carga de demostrar la existencia de una discrepancia significativa recaerá exclusivamente sobre ARCA, utilizando únicamente la información declarada por el contribuyente, los datos disponibles en sus propios sistemas y la información suministrada por terceros.

Asimismo, el proyecto limita el uso de presunciones fiscales como único fundamento para impugnar declaraciones simplificadas, reforzando la seguridad jurídica del régimen.

Procedimientos en curso y exención de multas

La iniciativa aclara que la adhesión al régimen simplificado no detendrá fiscalizaciones ya iniciadas, ni dejará sin efecto órdenes de intervención, determinaciones de oficio o procesos administrativos y judiciales previamente notificados.

No obstante, quienes regularicen los ajustes correspondientes podrán acceder a la exención de las multas previstas por los artículos 45 y 46 de la Ley 11.683, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por el proyecto.

Impacto operativo

El anteproyecto también incorpora reglas vinculadas con la trazabilidad financiera, la prevención del lavado de activos, la validación del régimen mediante servicios automatizados de ARCA y la utilización obligatoria de medios de pago autorizados en determinadas operaciones.

Además, se aclara el alcance temporal de la presunción de exactitud tanto para Ganancias como para IVA, definiendo expresamente los períodos alcanzados por el beneficio.

Según explicó Marcos Felice, la propuesta fortalece la posición de los contribuyentes frente a diferencias menores, limita la utilización de presunciones generales por parte de ARCA y establece un equilibrio entre los incentivos para adherir al régimen y las facultades de fiscalización del organismo.

La transición hacia el nuevo régimen

Mientras el proyecto continúa en etapa de definición, ARCA ya dictó una norma interna que establece que, antes de iniciar inspecciones sobre períodos anteriores a 2025, deberá verificarse si el contribuyente se encuentra adherido al régimen de Ganancias Simplificada.

De acuerdo con esas pautas operativas, cuando la declaración jurada simplificada haya sido presentada antes del inicio de una fiscalización, las actuaciones sobre ejercicios anteriores deberán desestimarse, salvo que el organismo detecte una discrepancia significativa en la información declarada.

Compartir
🔺 Tendencia
Redacción Cuyo News