La Ley de Modernización Laboral 27.802 recibió una impugnación judicial presentada por una cámara empresaria. La Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA) acudió al fuero laboral para cuestionar las restricciones aplicadas sobre un aporte previsto en el convenio colectivo de la actividad y destinado al financiamiento de la entidad.
La presentación apunta contra disposiciones de la ley y contra la reglamentación impulsada por el Gobierno nacional. ADIMRA solicitó “una acción declarativa de inconstitucionalidad” y una medida cautelar de no innovar hasta que exista una resolución sobre la cuestión de fondo.
Qué parte de la reforma laboral cuestiona ADIMRA
Uno de los ejes del planteo es el artículo 133 de la Ley 27.802, que modificó el régimen aplicable a los aportes establecidos en las convenciones colectivas.
La norma fijó un límite del 0,5% de las remuneraciones de los trabajadores para “los aportes, contribuciones y cualquier otro concepto previstos en las Convenciones Colectivas de Trabajo, cualquiera sea su denominación u objeto, en beneficio directo o indirecto a cámaras, asociaciones, agrupaciones o personas jurídicas integradas parcialmente o totalmente por empleadores o cuyos órganos directivos estén integrados por representantes de los empleadores”.
Sin embargo, el principal cuestionamiento de la entidad metalúrgica se concentra sobre el Decreto 407/2026, reglamentario de la reforma laboral.
La disposición estableció que esos aportes, siempre dentro del límite previsto, “sólo serán obligatorios para aquellas empresas que estén afiliadas” a las cámaras correspondientes.
Para ADIMRA, esta modificación afecta directamente el mecanismo de financiamiento establecido mediante el convenio colectivo de la actividad. Por ese motivo, la cámara pretende que la Justicia analice la constitucionalidad de la regulación y suspenda sus efectos mientras tramita el expediente.
La política de Sturzenegger sobre los aportes obligatorios
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, impulsó desde el inicio de la gestión libertaria una política orientada a limitar los aportes obligatorios destinados a cámaras y otras organizaciones contempladas en los convenios colectivos.
Ese criterio ya había aparecido en el DNU 70/2023 y posteriormente quedó incorporado al nuevo esquema laboral aprobado durante la gestión de Javier Milei.
La reforma también introdujo límites para los aportes establecidos a favor de asociaciones sindicales. Sin embargo, luego de cuestionamientos y negociaciones alrededor de la reglamentación, el Gobierno avanzó con el Decreto 612/2026, que modificó aspectos del régimen aplicable a las organizaciones gremiales.
Ese decreto llevó las firmas del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, mientras que Sturzenegger no apareció entre los firmantes.
Las modificaciones no eliminaron, en cambio, las restricciones que afectan los aportes destinados a las cámaras empresarias, punto que ahora quedó bajo análisis de la Justicia a partir de la presentación realizada por ADIMRA.
El planteo abre así una discusión judicial sobre uno de los aspectos menos visibles de la reforma laboral: el financiamiento de las entidades patronales mediante contribuciones previstas en los convenios colectivos de trabajo.
La Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA) presentó ante la Justicia laboral una impugnación contra disposiciones de la Ley de Modernización Laboral 27.802 y su reglamentación. La entidad cuestionó los límites impuestos a los aportes previstos en convenios colectivos para financiar cámaras empresarias y solicitó una declaración de inconstitucionalidad junto con una medida cautelar.
La reforma laboral consiguió una postal que probablemente no figuraba entre sus efectos promocionados: una cámara empresaria recurriendo a la Justicia para defenderse de una norma presentada, en buena parte del debate público, como favorable al sector privado. ADIMRA, representante de la industria metalúrgica, decidió que ciertas dosis de desregulación resultan considerablemente más atractivas cuando afectan la estructura financiera del vecino y no necesariamente la propia.
El conflicto gira alrededor de los aportes establecidos mediante convenios colectivos para sostener a cámaras patronales. La Ley 27.802 fijó un límite del 0,5% de las remuneraciones, pero el problema más sensible para ADIMRA apareció con el Decreto 407/2026: según esa reglamentación, esos pagos sólo resultan obligatorios para las empresas afiliadas a las entidades beneficiarias. De pronto, la libertad económica dejó de ser una conferencia académica y comenzó a aparecer en la columna de ingresos de una asociación empresaria.
Detrás del esquema está Federico Sturzenegger, impulsor de una política destinada a reducir aportes obligatorios a organizaciones intermediarias. El Gobierno avanzó primero sobre estructuras patronales y sindicales, aunque posteriormente modificó parte de la reglamentación para el universo gremial mediante el Decreto 612/2026. Las cámaras empresarias no obtuvieron el mismo paraguas y ahora la discusión encontró ese tradicional refugio argentino para cuando la desregulación se vuelve demasiado concreta: un expediente judicial.
ADIMRA pidió una acción declarativa de inconstitucionalidad y una cautelar para mantener el esquema mientras se resuelve la cuestión de fondo. Será entonces la Justicia la encargada de determinar hasta dónde puede llegar la reforma. La paradoja queda servida: una norma destinada a modificar estructuras corporativas consiguió que una corporación empresaria reclame protección judicial frente al Estado. El mercado puede autorregular muchas cosas; aparentemente, los aportes convencionales todavía necesitan abogado.