Spagnuolo será sometido a un cotejo de voz por los audios del escándalo Andis

Redacción Cuyo News
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El juez federal Ariel Lijo rechazó el planteo de nulidad y el pedido de suspensión del peritaje tecnológico sobre los audios atribuidos a Diego Spagnuolo, extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad. En esas grabaciones se describiría un presunto desvío de fondos y el cobro de un “retorno” del 3 por ciento, cuyo destino habría sido la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, y el subsecretario de Gestión Institucional, Eduardo “Lule” Menem.

La defensa del exfuncionario argumentó que participar del procedimiento podría vulnerar su derecho a la legítima defensa y exponerlo a una eventual autoincriminación. Lijo desestimó esa postura al señalar que “el reconocimiento de voz se dirige a establecer características identificatorias de una persona y no a obtener declaraciones sobre el hecho investigado”.

La defensa cuestionó la integridad de los audios

Los abogados de Spagnuolo intentaron evitar la realización de la pericia al sostener que las grabaciones no reunirían las condiciones técnicas necesarias para ser sometidas a un cotejo. Según el planteo, los archivos “presentarían inconsistencias técnicas, signos de edición o manipulación, cortes, alteraciones y posibles intervenciones mediante herramientas de inteligencia artificial”.

Los audios dieron origen a la investigación por presuntas coimas en la Andis. En ellos se haría referencia al desvío de sumas millonarias y al cobro de un porcentaje destinado a una estructura política, además de mencionarse a Karina Milei y Eduardo “Lule” Menem.

Luego de la difusión de las grabaciones, el Gobierno nacional desplazó a Spagnuolo, quien había mantenido una relación cercana con el presidente Javier Milei y se había desempeñado como su abogado.

En febrero de 2026, el juez federal Sebastián Casanello procesó al extitular de la Andis y a otras 18 personas. La medida también alcanzó a Daniel Garbellini, exdirector de Acceso a los Servicios de Salud, y a empresarios vinculados con el sector farmacéutico.

La acusación impulsada por el fiscal federal Franco Picardi sostiene que el organismo fue utilizado como una “ventanilla de pagos millonarios, permanentes y direccionados”. La investigación contempla presuntos delitos de asociación ilícita, cohecho pasivo, negociaciones incompatibles con la función pública y fraude en perjuicio de la administración pública.

El argumento sobre la autoincriminación

La defensa de Spagnuolo, encabezada por el abogado Pablo Parera, buscó desactivar el valor probatorio de las grabaciones mediante un recurso de nulidad. Sostuvo que la medida obligaría al acusado a prestar una “colaboración activa” en la producción de una prueba que eventualmente podría perjudicarlo.

Parera también insistió en que los audios no contarían con la integridad técnica necesaria para realizar una comparación. Además, la defensa mencionó la existencia de otro expediente judicial en el que se investiga la legalidad de la obtención y posterior difusión de los archivos.

A pedido de Lijo, el fiscal Picardi dictaminó a favor del rechazo de la nulidad. Consideró que el planteo no demostraba un perjuicio real y actual, ya que el objetivo del peritaje es precisamente despejar las dudas planteadas por la propia defensa sobre la autenticidad del material.

El fiscal también señaló una contradicción en la estrategia defensiva: mientras se cuestionaba la autenticidad de las grabaciones y se designaba como perito de parte al ingeniero Marcelo Torok para proponer puntos complementarios, se solicitaba al mismo tiempo la suspensión del análisis destinado a comprobar su veracidad.

La voz como característica biométrica

En su resolución, Lijo convalidó los argumentos de la fiscalía y diferenció los conceptos de “sujeto de prueba” y “objeto de prueba”. El magistrado explicó que la garantía contra la autoincriminación impide obligar a una persona a realizar declaraciones intelectuales o testimoniales vinculadas con el hecho investigado.

En cambio, la voz, al igual que las huellas dactilares, la escritura o el ADN, constituye una característica física identificatoria. De acuerdo con ese criterio, obtener una muestra sonora no implica forzar una confesión, sino acceder a un rasgo biométrico que puede ser sometido a un examen pericial.

Picardi propuso que, si Spagnuolo mantiene su negativa a hablar ante el gabinete de acústica forense de la Gendarmería Nacional, el estudio pueda efectuarse con registros públicos e indubitados de su voz. Entre las alternativas mencionó entrevistas brindadas por el exfuncionario a Neura, La Nación +, Border y El Observador.

Tras el rechazo del planteo, el juzgado ordenó librar los oficios correspondientes a la Gendarmería Nacional para avanzar con el peritaje de los audios.

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