El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles una nueva versión del proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa destinada a incentivar el ingreso al sistema financiero de los dólares no declarados y ampliar el alcance del régimen simplificado de Ganancias. Tras la exposición oficial, el Gobierno prevé enviar el texto al Congreso el jueves con las modificaciones incorporadas.
El anuncio fue anticipado por el vocero presidencial, Adrián Ravier, durante su conferencia de prensa habitual. «Frente a preocupaciones de los profesionales del área, incluimos algunas modificaciones al Régimen de Inocencia Fiscal que van más allá en el sendero del espíritu de la ley. El miércoles se expondrán en profundidad estas modificaciones y se dará lugar a las preguntas específicas que surjan sobre las mismas», afirmó.
Los principales cambios del proyecto
La propuesta busca que un mayor número de argentinos incorpore sus ahorros en dólares al circuito financiero sin necesidad de justificar el origen de esos fondos ni exponerse a sanciones fiscales.
La Ley de Inocencia Fiscal fue aprobada por el Congreso el 27 de diciembre de 2025 y comenzó a regir a principios de febrero. Sin embargo, la adhesión estuvo por debajo de las expectativas oficiales y surgieron observaciones técnicas de especialistas en materia tributaria, lo que llevó al equipo económico a revisar distintos aspectos del régimen.
Durante mayo, Caputo encabezó una primera reunión con contadores para evaluar posibles modificaciones. En ese momento, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) había registrado 80.000 adhesiones al régimen simplificado de Ganancias.
En un nuevo encuentro realizado la semana pasada con tributaristas, se analizaron nuevas propuestas. Según los últimos datos difundidos por ARCA, las adhesiones ascendieron a 330.000, aunque solo 170.000 contribuyentes presentaron la declaración jurada correspondiente.
Entre las modificaciones previstas figura la eliminación de los límites patrimoniales y de ingresos para adherirse al régimen. De esta manera, dejarán de exigirse:
- Un ingreso máximo anual de $1.000 millones.
- Un patrimonio máximo de $10.000 millones.
Como requisito, los contribuyentes deberán mantener la condición de residentes fiscales en la Argentina durante todo el período fiscal.
Además, los grandes contribuyentes nacionales podrán incorporarse al régimen, aunque no accederán a la presunción de exactitud ni a otros beneficios previstos para el resto de los adherentes.
Cambios en el denominado «tapón fiscal»
Otro de los puntos centrales del proyecto modifica el mecanismo conocido como «tapón fiscal», que limita la posibilidad de que ARCA revise ejercicios anteriores.
La normativa vigente habilita al organismo a fiscalizar períodos pasados cuando detecta una discrepancia significativa, definida hasta ahora como una diferencia superior al 15% entre el impuesto declarado y el que correspondía pagar, o cuando esa diferencia supera los $100 millones.
La nueva redacción establece que no existirá discrepancia significativa cuando la diferencia no supere un monto equivalente al 5% del mínimo previsto por el Régimen Penal Tributario, actualmente fijado en $100 millones. Con ese parámetro, el nuevo umbral mínimo equivale hoy a $5 millones.
El objetivo es evitar que ajustes menores, diferencias de criterio o errores de escasa relevancia económica provoquen la pérdida de la presunción de exactitud sobre períodos no prescriptos.
Multas y contribuyentes alcanzados
Durante la última reunión con especialistas, los tributaristas propusieron flexibilizar el régimen de sanciones por incumplimientos impositivos. Hasta el momento, el Gobierno no confirmó si esa modificación será incorporada al proyecto que el Ministerio de Economía enviará al Congreso.
En este escenario, continúan en una situación de mayor exposición frente a eventuales fiscalizaciones de ARCA:
- Personas que se radicaron en el exterior durante el año fiscal y perdieron la residencia fiscal argentina antes del 31 de diciembre.
- Contribuyentes con actividad en países con tratados de doble residencia cuya aplicación sea objeto de discusión.
- Quienes hayan cumplido los días de ausencia que configuran la pérdida de residencia fiscal según el artículo 120 de la Ley del Impuesto a las Ganancias.
El artículo 9° del anteproyecto exceptúa expresamente al período fiscal 2025 de esta exigencia. En consecuencia, quienes adhirieron al régimen para ese ejercicio bajo la Ley 27.799 no podrán ser excluidos retroactivamente por ese requisito.
Respecto de los grandes contribuyentes, el anteproyecto les permite adherir, aunque con efectos limitados: podrán presentar la declaración jurada simplificada y efectuar el pago en término, pero no accederán a beneficios como la presunción de exactitud sobre Ganancias e IVA, el efecto liberatorio amplio del pago ni la eximición de multas.
Según explicó el tributarista Felice, «La utilidad práctica es mínima: permite usar la interfaz de presentación simplificada de ARCA y dejar constancia de la adhesión para efectos respecto al régimen de prevención del lavado de activos (antecedente favorable ante sujetos obligados). Nada más».
El proyecto mantiene las tres causales principales para configurar una discrepancia significativa: un incremento del impuesto determinado o reducción de quebrantos de al menos el 15%, un ajuste superior al monto previsto por el Régimen Penal Tributario —actualmente $100 millones— y la utilización de facturas o documentación apócrifa o el cómputo improcedente de ingresos directos.
La incorporación del nuevo umbral mínimo de $5 millones agrega un filtro adicional para impedir que diferencias de escasa magnitud económica habiliten revisiones fiscales sobre declaraciones ya presentadas.
El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles una nueva versión del proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, que busca incentivar el ingreso de dólares no declarados al sistema financiero y ampliar el régimen simplificado de Ganancias. La iniciativa incorpora cambios técnicos tras observaciones de especialistas y será enviada al Congreso el jueves.
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial
Los dólares del colchón vuelven a tener convocatoria oficial. Esta vez con una ley renovada, menos requisitos y la promesa de que ingresar los ahorros al sistema financiero sea más sencillo que encontrar el control remoto entre los almohadones.
La primera versión del régimen no consiguió el entusiasmo que esperaba el Gobierno. Como esas promociones que prometen llenar el estadio y terminan con más personal de seguridad que público, la adhesión quedó lejos de las expectativas y obligó a revisar el libreto.
Después de reuniones con contadores y tributaristas, el Ministerio de Economía decidió limar varios puntos que generaban ruido. Entre ellos desaparecen los límites de patrimonio e ingresos para adherir al régimen simplificado de Ganancias. Si antes había que pasar por un embudo tributario, ahora el ingreso se parece más a una autopista con peaje levantado.
También cambia uno de los engranajes más sensibles: el denominado «tapón fiscal». La idea es que diferencias menores no terminen habilitando revisiones de ejercicios anteriores. Traducido al idioma cotidiano: que un error administrativo no provoque un operativo digno de una serie policial por una diferencia que, frente al volumen de las cifras involucradas, resulta marginal.
El proyecto, además, abre la puerta para que los grandes contribuyentes ingresen al régimen, aunque sin acceder a la mayoría de los beneficios que sí tendrán los demás adherentes. Es como comprar la entrada para la platea y descubrir que incluye la butaca, pero no el espectáculo completo.
Mientras tanto, el régimen de multas sigue en observación y los especialistas continúan empujando cambios. La discusión técnica avanza con artículos, incisos y porcentajes que harían bostezar a cualquier mortal, pero que pueden definir quién duerme tranquilo y quién recibe una notificación inesperada de ARCA. En la Argentina, hasta el colchón necesita asesor tributario.
Contenido humorístico generado por inteligencia artificial
El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles una nueva versión del proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa destinada a incentivar el ingreso al sistema financiero de los dólares no declarados y ampliar el alcance del régimen simplificado de Ganancias. Tras la exposición oficial, el Gobierno prevé enviar el texto al Congreso el jueves con las modificaciones incorporadas.
El anuncio fue anticipado por el vocero presidencial, Adrián Ravier, durante su conferencia de prensa habitual. «Frente a preocupaciones de los profesionales del área, incluimos algunas modificaciones al Régimen de Inocencia Fiscal que van más allá en el sendero del espíritu de la ley. El miércoles se expondrán en profundidad estas modificaciones y se dará lugar a las preguntas específicas que surjan sobre las mismas», afirmó.
Los principales cambios del proyecto
La propuesta busca que un mayor número de argentinos incorpore sus ahorros en dólares al circuito financiero sin necesidad de justificar el origen de esos fondos ni exponerse a sanciones fiscales.
La Ley de Inocencia Fiscal fue aprobada por el Congreso el 27 de diciembre de 2025 y comenzó a regir a principios de febrero. Sin embargo, la adhesión estuvo por debajo de las expectativas oficiales y surgieron observaciones técnicas de especialistas en materia tributaria, lo que llevó al equipo económico a revisar distintos aspectos del régimen.
Durante mayo, Caputo encabezó una primera reunión con contadores para evaluar posibles modificaciones. En ese momento, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) había registrado 80.000 adhesiones al régimen simplificado de Ganancias.
En un nuevo encuentro realizado la semana pasada con tributaristas, se analizaron nuevas propuestas. Según los últimos datos difundidos por ARCA, las adhesiones ascendieron a 330.000, aunque solo 170.000 contribuyentes presentaron la declaración jurada correspondiente.
Entre las modificaciones previstas figura la eliminación de los límites patrimoniales y de ingresos para adherirse al régimen. De esta manera, dejarán de exigirse:
- Un ingreso máximo anual de $1.000 millones.
- Un patrimonio máximo de $10.000 millones.
Como requisito, los contribuyentes deberán mantener la condición de residentes fiscales en la Argentina durante todo el período fiscal.
Además, los grandes contribuyentes nacionales podrán incorporarse al régimen, aunque no accederán a la presunción de exactitud ni a otros beneficios previstos para el resto de los adherentes.
Cambios en el denominado «tapón fiscal»
Otro de los puntos centrales del proyecto modifica el mecanismo conocido como «tapón fiscal», que limita la posibilidad de que ARCA revise ejercicios anteriores.
La normativa vigente habilita al organismo a fiscalizar períodos pasados cuando detecta una discrepancia significativa, definida hasta ahora como una diferencia superior al 15% entre el impuesto declarado y el que correspondía pagar, o cuando esa diferencia supera los $100 millones.
La nueva redacción establece que no existirá discrepancia significativa cuando la diferencia no supere un monto equivalente al 5% del mínimo previsto por el Régimen Penal Tributario, actualmente fijado en $100 millones. Con ese parámetro, el nuevo umbral mínimo equivale hoy a $5 millones.
El objetivo es evitar que ajustes menores, diferencias de criterio o errores de escasa relevancia económica provoquen la pérdida de la presunción de exactitud sobre períodos no prescriptos.
Multas y contribuyentes alcanzados
Durante la última reunión con especialistas, los tributaristas propusieron flexibilizar el régimen de sanciones por incumplimientos impositivos. Hasta el momento, el Gobierno no confirmó si esa modificación será incorporada al proyecto que el Ministerio de Economía enviará al Congreso.
En este escenario, continúan en una situación de mayor exposición frente a eventuales fiscalizaciones de ARCA:
- Personas que se radicaron en el exterior durante el año fiscal y perdieron la residencia fiscal argentina antes del 31 de diciembre.
- Contribuyentes con actividad en países con tratados de doble residencia cuya aplicación sea objeto de discusión.
- Quienes hayan cumplido los días de ausencia que configuran la pérdida de residencia fiscal según el artículo 120 de la Ley del Impuesto a las Ganancias.
El artículo 9° del anteproyecto exceptúa expresamente al período fiscal 2025 de esta exigencia. En consecuencia, quienes adhirieron al régimen para ese ejercicio bajo la Ley 27.799 no podrán ser excluidos retroactivamente por ese requisito.
Respecto de los grandes contribuyentes, el anteproyecto les permite adherir, aunque con efectos limitados: podrán presentar la declaración jurada simplificada y efectuar el pago en término, pero no accederán a beneficios como la presunción de exactitud sobre Ganancias e IVA, el efecto liberatorio amplio del pago ni la eximición de multas.
Según explicó el tributarista Felice, «La utilidad práctica es mínima: permite usar la interfaz de presentación simplificada de ARCA y dejar constancia de la adhesión para efectos respecto al régimen de prevención del lavado de activos (antecedente favorable ante sujetos obligados). Nada más».
El proyecto mantiene las tres causales principales para configurar una discrepancia significativa: un incremento del impuesto determinado o reducción de quebrantos de al menos el 15%, un ajuste superior al monto previsto por el Régimen Penal Tributario —actualmente $100 millones— y la utilización de facturas o documentación apócrifa o el cómputo improcedente de ingresos directos.
La incorporación del nuevo umbral mínimo de $5 millones agrega un filtro adicional para impedir que diferencias de escasa magnitud económica habiliten revisiones fiscales sobre declaraciones ya presentadas.
El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles una nueva versión del proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, que busca incentivar el ingreso de dólares no declarados al sistema financiero y ampliar el régimen simplificado de Ganancias. La iniciativa incorpora cambios técnicos tras observaciones de especialistas y será enviada al Congreso el jueves.
Los dólares del colchón vuelven a tener convocatoria oficial. Esta vez con una ley renovada, menos requisitos y la promesa de que ingresar los ahorros al sistema financiero sea más sencillo que encontrar el control remoto entre los almohadones.
La primera versión del régimen no consiguió el entusiasmo que esperaba el Gobierno. Como esas promociones que prometen llenar el estadio y terminan con más personal de seguridad que público, la adhesión quedó lejos de las expectativas y obligó a revisar el libreto.
Después de reuniones con contadores y tributaristas, el Ministerio de Economía decidió limar varios puntos que generaban ruido. Entre ellos desaparecen los límites de patrimonio e ingresos para adherir al régimen simplificado de Ganancias. Si antes había que pasar por un embudo tributario, ahora el ingreso se parece más a una autopista con peaje levantado.
También cambia uno de los engranajes más sensibles: el denominado «tapón fiscal». La idea es que diferencias menores no terminen habilitando revisiones de ejercicios anteriores. Traducido al idioma cotidiano: que un error administrativo no provoque un operativo digno de una serie policial por una diferencia que, frente al volumen de las cifras involucradas, resulta marginal.
El proyecto, además, abre la puerta para que los grandes contribuyentes ingresen al régimen, aunque sin acceder a la mayoría de los beneficios que sí tendrán los demás adherentes. Es como comprar la entrada para la platea y descubrir que incluye la butaca, pero no el espectáculo completo.
Mientras tanto, el régimen de multas sigue en observación y los especialistas continúan empujando cambios. La discusión técnica avanza con artículos, incisos y porcentajes que harían bostezar a cualquier mortal, pero que pueden definir quién duerme tranquilo y quién recibe una notificación inesperada de ARCA. En la Argentina, hasta el colchón necesita asesor tributario.