Al lunes 19 de octubre, la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial alcanzó 100 expedientes aprobados en lo que va del año, según el comunicado del Ministerio de Gobierno. La misma dirección se propuso alcanzar 150 expedientes aprobados antes de que termine el año.

Las escrituras corresponden al programa Escriturá tu Vivienda, para familias que habitan de manera lícita y permanente su única vivienda y todavía no tienen escritura. La regularización dominial excluye baldíos y fincas productivas.

El Ministerio de Gobierno informó que las charlas informativas y las acciones territoriales ya se realizaron en los departamentos Pocito, Rawson y Rivadavia. También informó que planifica nuevos encuentros en otros departamentos.

Qué papeles pide el trámite

Para iniciar el trámite, la comunicación del Ministerio de Gobierno pide una boleta de Rentas o la nomenclatura catastral. También pide pruebas de la posesión y de su causa lícita.

Esas pruebas pueden ser un boleto de compraventa, una cesión de derechos, un título antecedente o una boleta de pago. El anuncio suma el DNI de quienes habitan la vivienda y los comprobantes de servicios.

También menciona los impuestos municipales, si la familia los tiene, y el acta de matrimonio actualizada y legalizada para las personas casadas. El anuncio indica que no debe haber conflictos legales con terceros sobre el inmueble.

Dónde se consulta y qué prevé la ley

Las charlas y las acciones territoriales se hicieron en tres departamentos, y la atención de los expedientes es en Capital.

La Dirección atiende en Agustín Gnecco 395 Sur, en Capital, de lunes a viernes de 7:30 a 13. La comunicación de este lunes 19 de octubre informa el teléfono 493-3333 para consultas.

La Ley provincial 1808-C prevé que la autoridad de aplicación solicite los antecedentes dominiales y catastrales y realice un relevamiento social y técnico. La misma norma contempla notificar al titular registral y publicar edictos durante tres días.

Si el plazo legal vence sin oposición, o si la oposición es rechazada, la ley habilita el pase al registro notarial y luego la inscripción de la escritura.