RTO en San Juan: por qué todavía no puede hacerse en cualquier taller

Redacción Cuyo News
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El Gobierno nacional abrió de manera permanente el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, una medida que permitirá incorporar nuevos establecimientos al sistema de Revisión Técnica Obligatoria.

La reforma fue oficializada mediante la Resolución 32/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada el 3 de junio. El objetivo declarado es ampliar la disponibilidad del servicio, facilitar el ingreso de nuevos prestadores y promover una mayor competencia.

Sin embargo, la normativa no autoriza automáticamente a cualquier taller mecánico a emitir certificados. Para realizar inspecciones, cada establecimiento deberá inscribirse en el registro, acreditar capacidad técnica, disponer de infraestructura y equipamiento adecuados y someterse a controles posteriores.

Cómo funcionará el nuevo registro de talleres

El registro operará dentro de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y será abierto, público, gratuito y digital. Los trámites de inscripción, actualización y modificación de datos se efectuarán mediante la plataforma de Trámites a Distancia.

Podrán solicitar su incorporación talleres independientes, concesionarias e importadores de vehículos que acrediten el cumplimiento de los requisitos. Las solicitudes se realizarán mediante una declaración jurada y podrán quedar sujetas a fiscalizaciones posteriores.

Los establecimientos inscriptos estarán habilitados para inspeccionar vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos y especiales. La revisión podrá efectuarse independientemente del lugar donde se encuentre radicada la unidad.

La apertura del sistema no reducirá los controles técnicos exigidos. Las inspecciones deberán ajustarse a los protocolos correspondientes a cada tipo de vehículo y realizarse bajo la dirección de un ingeniero matriculado con incumbencias específicas.

Qué equipamiento deberán tener los talleres

Para funcionar, cada establecimiento deberá disponer como mínimo de un alineador óptico de faros con luxómetro, un detector de holguras y un calibre para medir la profundidad del dibujo de los neumáticos.

También deberá contar con un decibelímetro, un analizador de gases para motores de ciclo Otto, un opacímetro o sistema equivalente para motores diésel y una instalación con elevador o fosa de inspección.

La revisión tendrá que realizarse en un mismo predio y en un solo acto. El taller deberá evaluar el estado general de la unidad, incluyendo frenos, neumáticos, luces, dirección, suspensión, emisiones contaminantes y otros sistemas vinculados con la seguridad vial.

Cuando el vehículo apruebe el control, el establecimiento entregará una identificación para colocar en el parabrisas y un certificado digital con la misma validez. Los resultados serán comunicados a una base nacional destinada a centralizar la información y controlar la vigencia de cada inspección.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte será responsable de fiscalizar y auditar a los talleres registrados. La normativa permite realizar controles posteriores y suspender o revocar habilitaciones cuando se detecten incumplimientos.

Precios libres y mayor competencia

El nuevo marco establece que las autoridades jurisdiccionales no podrán limitar la cantidad de talleres revisores ni imponer tarifas mínimas o máximas obligatorias.

De esta manera, el precio de la RTO podrá variar entre los diferentes prestadores habilitados. El Gobierno espera que una mayor cantidad de establecimientos reduzca las demoras, acerque el servicio a los usuarios y genere competencia en los valores.

Las provincias conservarán facultades para fiscalizar los establecimientos ubicados en su territorio y establecer sanciones que podrán incluir apercibimientos, suspensiones, multas y cierres definitivos.

Cada cuánto deberá realizarse la RTO

Los plazos vigentes fueron establecidos mediante el Decreto 196/2025, que modificó la reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito.

Los vehículos particulares cero kilómetro deberán efectuar su primera revisión dentro de los cinco años posteriores al patentamiento inicial.

Para los autos particulares con hasta diez años de antigüedad, la RTO tendrá una vigencia de 24 meses. Cuando la unidad supere los diez años, el control deberá renovarse cada doce meses.

Los vehículos comerciales, de carga o de pasajeros cero kilómetro deberán efectuar su primera inspección dentro de los primeros doce meses. Luego continuarán con revisiones anuales, salvo disposiciones más exigentes de la autoridad correspondiente.

Las unidades que circulen sin poder acreditar la RTO podrán ser intimadas a regularizar su situación y recibir las sanciones determinadas por cada jurisdicción.

Además, la normativa establece que los vehículos sin una revisión vigente no podrán salir de la jurisdicción donde se encuentran radicados hasta completar el control.

Cómo se aplicará el cambio en San Juan

San Juan se encuentra adherida a la Ley Nacional de Tránsito, por lo que los plazos generales de la RTO ya forman parte del esquema vigente en la provincia. Sin embargo, la apertura del registro no convierte automáticamente a todos los talleres locales en centros revisores.

Para emitir certificados válidos, los nuevos prestadores deberán completar la inscripción nacional, acreditar el equipamiento correspondiente y contar con una habilitación oficial verificable.

Mientras no se incorporen nuevos establecimientos, los conductores deberán continuar realizando el trámite en los talleres que ya se encuentran autorizados. Por esa razón, antes de solicitar una inspección será necesario comprobar que el prestador figure en los registros oficiales.

La reforma busca ampliar las alternativas disponibles para los automovilistas sanjuaninos, aunque el costo de la infraestructura y del equipamiento podría limitar la cantidad de talleres interesados en ingresar al sistema.

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