San Luis: condena firme para una pareja por vender certificados falsos

Redacción Cuyo News
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La condena a Paola Tonelli y José Toledo por montar una estructura dedicada a confeccionar y comercializar certificados médicos falsos en San Luis quedó firme. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación presentado por la defensa y ratificó la sentencia dictada por el Colegio de Jueces, que había impuesto cuatro años de prisión para ambos.

La resolución N°121/26, publicada este miércoles, fue suscripta por Eduardo Allende, con adhesión de Carolina Monte Riso y Jorge Levingston. El máximo tribunal compartió además el dictamen del procurador General, Eduardo Cadelago Filippi, quien había concluido que la presentación de los condenados no demostraba la existencia de irregularidades que justificaran anular el fallo.

A un año de la condena

La sentencia había sido dictada en junio de 2025 por el Tribunal integrado por José Luis Flores, como presidente, Adriana Lucero Alfonso y Ariel Parrillis. Los magistrados hallaron a Tonelli y Toledo responsables de los delitos de falsificación de instrumento privado y defraudación a la administración pública, ambos en calidad de coautores.

Durante el juicio se acreditó que la pareja ofrecía documentación falsa mediante redes sociales y WhatsApp. Los certificados eran utilizados para justificar inasistencias laborales y otros trámites, y la investigación determinó que más de 90 empleados públicos habían recurrido a esas maniobras.

Los jueces valoraron como agravantes la extensión del daño, la multiplicidad de conductas y los motivos que impulsaron las maniobras. A través de la Fiscalía de Estado, el Gobierno intervino porque se registró el uso de estos certificados apócrifos por parte de trabajadores de la administración pública.

Con el rechazo del recurso de casación, la sentencia quedó ratificada por el máximo órgano judicial de la provincia y la condena a cuatro años de prisión quedó firme.

Los planteos de la defensa

La defensa había desplegado una batería de cuestionamientos. Sostuvo que Tonelli y Toledo habían sido condenados “en base a pruebas ilegalmente ingresadas al debate oral y a hechos que jamás existieron”. También planteó una supuesta violación al debido proceso y al derecho de defensa.

Uno de los principales cuestionamientos apuntó a los allanamientos realizados en las viviendas de los imputados. Según puntualizaron, como las órdenes judiciales y las actas respectivas no fueron incorporadas como prueba documental durante el juicio, todo lo secuestrado y las posteriores pericias debían ser considerados inválidos.

La defensa también cuestionó el informe elaborado sobre los teléfonos celulares y puso en duda la cadena de custodia de los elementos peritados. Para los abogados, la sentencia carecía de motivación suficiente y debía ser anulada, con una absolución para ambos o la realización de un nuevo juicio.

El rechazo del Superior Tribunal

El Superior Tribunal de Justicia desestimó todos esos argumentos. “Los agravios expuestos no logran demostrar el yerro denunciado en la sentencia”, sostuvo Allende, quien afirmó que el fallo recurrido se encontraba “debidamente fundado en las pruebas rendidas durante el debate y demás constancias de la causa, valoradas de acuerdo a las reglas de la sana crítica, la lógica y la experiencia”.

El magistrado advirtió que la defensa se limitó a reiterar planteos ya formulados durante el juicio y que no desarrolló una crítica concreta sobre los fundamentos utilizados por el Tribunal para condenar.

“El recurrente reitera los planteos sin aportar nuevos elementos”, sostuvo el STJ, y agregó que la argumentación presentada “se resuelve en meras imputaciones genéricas”.

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