## Facturación Electrónica: Odisea para Colaboradores del Ministerio de Educación
El Ministerio de Educación de la provincia ha informado que las personas que prestan servicios bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios de Colaboración deberán presentar la factura electrónica correspondiente al mes de enero de 2025. Esta documentación deberá ser presentada a sus respectivos directivos para la firma y sellado correspondiente, previo a su entrega en la Mesa de Entradas del Ministerio.
### Cronograma de Presentación y Requisitos
La factura, que podrá ser emitida a partir del 22 de enero, deberá ser presentada en el segundo piso del Centro Cívico, en horario de 7:30 a 14:30, siguiendo un cronograma específico: El personal de Servicios Generales (porteros) deberá presentarla según la terminación de su DNI: 0, 1, 2 y 3 el miércoles 29; 4, 5 y 6 el jueves 30; y 7, 8 y 9 el viernes 31 de enero.
El personal administrativo, por su parte, deberá presentar la factura en la Oficina de Personal Administrativo, con el monto correspondiente a cada contrato, durante los días 29, 30 y 31 de enero, de 7:30 a 12:30.
Una excepción a esta modalidad se aplica al personal contratado residente en los departamentos de Calingasta, Iglesia, Jáchal y Valle Fértil. En estos casos, la factura electrónica impresa se entregará al director, quien la firmará y enviará en un sobre a la unidad de gestión correspondiente.
### Especificaciones para la Confección de la Factura
El Ministerio de Educación ha especificado detalladamente los requisitos para la confección de la factura electrónica: la fecha de emisión debe ser el 31 de enero de 2025, el período facturado comprenderá desde el 1 al 31 de enero de 2025, y el vencimiento será el 28 de febrero de 2025. Se deberá indicar el CUIT del Gobierno de la Provincia (30-99901516-2), la condición frente al IVA como «IVA Sujeto Exento» y la condición de venta como «Otra». En el detalle, se especificará: «Pago de honorarios por Contrato Administrativo de Servicios de Colaboración correspondiente al mes de enero de 2025». El monto a facturar para porteros es de $335.000.
En el dorso de la factura, se deberá consignar la siguiente leyenda: “Artículos 6° Y 11º Ley Nº 793-A. Cláusula cuarta del contrato administrativo de Servicios de Colaboración”, junto con la fecha, firma y sello del directivo. Además, se deberá presentar una constancia de pago del seguro correspondiente al mes de enero de 2025, fotocopia legible con los datos del asegurado y legalizada en el frente por el directivo. En caso de presentar libre deuda, éste debe tener fecha de enero de 2025.