
El Ministerio de Gobierno de San Juan, a través de su Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, ha emitido una guía exhaustiva sobre cómo proceder con el trámite de reconocimiento paterno en la provincia. Esta iniciativa busca clarificar los pasos para un proceso fundamental que establece el vínculo legal entre un padre biológico y su hijo o hija, siempre que no exista una filiación legal previa. En situaciones donde pudiera existir una contradicción con una filiación ya establecida, se aclara que será indispensable iniciar la correspondiente acción judicial.
Requisitos y particularidades del trámite
Para efectuar el reconocimiento, los interesados deberán presentar el «documento vigente del reconociente y Partida de Nacimiento del reconocido». Se subraya que, en caso de querer adicionar o modificar el apellido del menor, la presencia de la madre (si el reconocido es menor de edad) y del propio reconocido (si este tiene más de 13 años) será obligatoria.
Para ciudadanos extranjeros, la documentación requerida varía según su situación migratoria. Aquellos con radicación permanente o temporaria deberán exhibir su DNI argentino vigente para extranjeros. Para quienes no posean radicación, será necesario presentar pasaporte o cédula/DNI Mercosur vigente, tanto el original como una copia.
Una particularidad relevante es que, si el progenitor interviniente carece de documento vigente, deberá «acreditar su identidad con dos (2) testigos mayores de 18 años, con DNI vigente y domicilio en la República Argentina», presentando también el original y la copia de estos documentos. Asimismo, se contempla la posibilidad de que otra persona firme en nombre del reconociente si este no pudiera hacerlo. La validez de las partidas de nacimiento también tiene sus especificaciones: si son de otra jurisdicción argentina, deben estar «legalizada y actualizada (hasta 6 meses desde su expedición)», mientras que las partidas extranjeras requieren estar «traducida, legalizada y actualizada (hasta 1 año desde su expedición)».
Consideraciones y procedimiento sin turno previo
El Registro Civil informa que, si los progenitores no comprenden el idioma, deberán asistir al trámite acompañados por un traductor público. En situaciones donde las declaraciones se hayan realizado mediante «instrumento público, privado debidamente reconocido o por disposición de última voluntad otorgados o certificados ante escribanos públicos», la documentación original debe presentarse en el Departamento Mesa de Entradas y Salidas, ubicado en Santa Fe 54 Oeste, Capital, San Juan.
El procedimiento para el reconocimiento paterno se destaca por su accesibilidad: «se realiza de manera presencial en la Delegación del Registro Civil, sin necesidad de turno previo». Se enfatiza la recomendación de que «ambos progenitores» concurran a la delegación, ya que esto permite optar por el orden del o los apellidos del reconocido. En ausencia de uno de ellos, se mantendrá el apellido materno hasta que se gestione una modificación por la vía judicial correspondiente. La sede central del Registro Civil y sus delegaciones zonales atienden de 07:30 a 14:00 horas. Para consultas adicionales, se proporciona el número 0264 4936836 y la dirección web oficial: https://registrocivil.sanjuan.gob.ar/
El Ministerio de Gobierno de San Juan, a través de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, ha detallado los requisitos y procedimientos para realizar el reconocimiento paterno en la provincia. Este trámite legal permite a un padre biológico establecer formalmente su vínculo con un hijo o hija, siempre que no exista una filiación previa. Se enfatiza la documentación necesaria, la importancia de la presencia de ambos progenitores para definir el orden de los apellidos, y las particularidades para ciudadanos extranjeros o casos especiales con documentos de otras jurisdicciones.
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El Ministerio de Gobierno de San Juan, a través de su Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, ha emitido una guía exhaustiva sobre cómo proceder con el trámite de reconocimiento paterno en la provincia. Esta iniciativa busca clarificar los pasos para un proceso fundamental que establece el vínculo legal entre un padre biológico y su hijo o hija, siempre que no exista una filiación legal previa. En situaciones donde pudiera existir una contradicción con una filiación ya establecida, se aclara que será indispensable iniciar la correspondiente acción judicial.
Requisitos y particularidades del trámite
Para efectuar el reconocimiento, los interesados deberán presentar el «documento vigente del reconociente y Partida de Nacimiento del reconocido». Se subraya que, en caso de querer adicionar o modificar el apellido del menor, la presencia de la madre (si el reconocido es menor de edad) y del propio reconocido (si este tiene más de 13 años) será obligatoria.
Para ciudadanos extranjeros, la documentación requerida varía según su situación migratoria. Aquellos con radicación permanente o temporaria deberán exhibir su DNI argentino vigente para extranjeros. Para quienes no posean radicación, será necesario presentar pasaporte o cédula/DNI Mercosur vigente, tanto el original como una copia.
Una particularidad relevante es que, si el progenitor interviniente carece de documento vigente, deberá «acreditar su identidad con dos (2) testigos mayores de 18 años, con DNI vigente y domicilio en la República Argentina», presentando también el original y la copia de estos documentos. Asimismo, se contempla la posibilidad de que otra persona firme en nombre del reconociente si este no pudiera hacerlo. La validez de las partidas de nacimiento también tiene sus especificaciones: si son de otra jurisdicción argentina, deben estar «legalizada y actualizada (hasta 6 meses desde su expedición)», mientras que las partidas extranjeras requieren estar «traducida, legalizada y actualizada (hasta 1 año desde su expedición)».
Consideraciones y procedimiento sin turno previo
El Registro Civil informa que, si los progenitores no comprenden el idioma, deberán asistir al trámite acompañados por un traductor público. En situaciones donde las declaraciones se hayan realizado mediante «instrumento público, privado debidamente reconocido o por disposición de última voluntad otorgados o certificados ante escribanos públicos», la documentación original debe presentarse en el Departamento Mesa de Entradas y Salidas, ubicado en Santa Fe 54 Oeste, Capital, San Juan.
El procedimiento para el reconocimiento paterno se destaca por su accesibilidad: «se realiza de manera presencial en la Delegación del Registro Civil, sin necesidad de turno previo». Se enfatiza la recomendación de que «ambos progenitores» concurran a la delegación, ya que esto permite optar por el orden del o los apellidos del reconocido. En ausencia de uno de ellos, se mantendrá el apellido materno hasta que se gestione una modificación por la vía judicial correspondiente. La sede central del Registro Civil y sus delegaciones zonales atienden de 07:30 a 14:00 horas. Para consultas adicionales, se proporciona el número 0264 4936836 y la dirección web oficial: https://registrocivil.sanjuan.gob.ar/