El Juzgado Civil N° 4 de Neuquén condenó en primera instancia a la ex vicegobernadora Gloria Ruiz a pagar una indemnización de $5 millones más intereses al presidente de la Cooperativa CALF, Marcelo Severini, por el daño moral provocado a partir de una acusación considerada calumniosa.

La resolución también obliga a Ruiz a eliminar de sus redes sociales las publicaciones relacionadas con la denuncia penal contra Severini, difundir aspectos de la sentencia en sus propias plataformas y publicarla en medios gráficos de Neuquén.

Además, la exfuncionaria deberá afrontar las costas del proceso judicial y podrá recibir sanciones económicas progresivas en caso de incumplir la orden de retirar las publicaciones cuestionadas.

La denuncia que dio origen al conflicto

El caso comenzó a fines de 2024, en medio de la crisis política que atravesaba Ruiz tras haber sido apartada de su cargo en la Legislatura neuquina.

En ese contexto, la entonces vicegobernadora realizó una presentación judicial en la que acusó a un grupo de legisladores, integrantes del Gobierno provincial y a Severini de participar en una supuesta asociación ilícita y en maniobras de lavado de activos.

La denuncia fue posteriormente archivada por el fiscal Diego Fermín Azcárate el 18 de diciembre de 2024. Al analizar la presentación, el Ministerio Público Fiscal consideró que «no cumple en lo más mínimo» con el requisito de detallar hechos concretos que permitieran sostener las acusaciones.

Pese al archivo de la investigación penal, las acusaciones también fueron expuestas públicamente en medios de comunicación y plataformas digitales.

La demanda presentada por Severini

Tras el cierre de aquella causa, Severini inició una demanda civil por daños y perjuicios contra Ruiz al considerar que las acusaciones y su posterior difusión habían afectado su reputación.

Al resolver el caso, el juez aplicó el artículo 1771 del Código Civil y Comercial, referido a la acusación calumniosa.

En la sentencia, el magistrado sostuvo: «Denunciar penalmente sin nunca describir un hecho material no podría atribuirse a una negligencia u olvido».

El fallo consideró que la conducta analizada excedió el ejercicio regular del derecho a denunciar y determinó la existencia de responsabilidad civil por los perjuicios ocasionados.

Durante el proceso también fueron incorporados testimonios y una pericia psicológica que, según la resolución, permitieron acreditar el impacto que la situación produjo sobre la honra, reputación e identidad social de Severini.

Cuánto deberá pagar Gloria Ruiz

La sentencia fijó una indemnización de $5 millones por daño moral, a la que deberán agregarse intereses.

El monto deberá abonarse dentro de los diez días posteriores a que la resolución quede firme, con intereses calculados según las condiciones determinadas por el tribunal.

La Justicia también ordenó que Ruiz publique la sentencia en los diarios Río Negro y La Mañana de Neuquén, además de difundirla mediante sus propias redes sociales.

Asimismo, deberá eliminar de sus cuentas las menciones vinculadas con la denuncia penal contra Severini. En caso de no cumplir esa disposición dentro del plazo fijado, podrá recibir sanciones económicas progresivas.

Las costas del juicio también quedaron a cargo de la ex vicegobernadora.

Una causa penal archivada y un fallo civil

El archivo de la denuncia penal y la condena civil corresponden a dos procesos diferentes. La decisión de la Fiscalía en 2024 determinó que la presentación no describía hechos concretos suficientes para avanzar con la investigación penal.

Posteriormente, Severini acudió a la Justicia Civil para reclamar una reparación por las consecuencias que atribuyó a aquella acusación y a su difusión pública.

La sentencia del Juzgado Civil N° 4 hizo lugar parcialmente a ese planteo y estableció la responsabilidad de Ruiz por los daños ocasionados. Al tratarse de una resolución de primera instancia, el fallo puede quedar sujeto a las vías de revisión previstas por el procedimiento judicial.