El señalamiento se difundió el miércoles 28 de octubre y se refiere a seis municipios de San Juan: Calingasta, Caucete, Chimbas, Iglesia, Jáchal y Ullum, según información periodística.
La nómina no precisa, para cada comuna, qué regla fiscal ni qué ejercicio originó el señalamiento. Tampoco detalla notificaciones o plazos para regularizar.
Qué exige la ley para acceder al FODERE
El texto actualizado de la Ley 1811-P establece que el Fondo de Desarrollo Económico Regional (FODERE) se destina al desarrollo económico, productivo, industrial, turístico y urbano. Para acceder, cada municipio debe adherir y cumplir el Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal.
El fondo se integra con una detracción del 3% de los recursos coparticipables municipales, según la misma ley. La condición fiscal forma parte de los requisitos de acceso al fondo.
La Ley 1812-I fija reglas sobre gasto público, empleo, deuda y fin de mandato, además de obligaciones de información y transparencia. Como regla general, limita el aumento nominal del gasto corriente primario neto a la variación del IPC nacional, aunque contempla criterios distintos para determinados municipios.
Cuándo se redistribuyen los cupos y qué consecuencias contempla la ley
La reglamentación de la Ley 1811-P dispone que, al 31 de marzo de cada año, el cupo de las comunas que no cumplieron las reglas o no presentaron sus proyectos a tiempo se redistribuya entre otros municipios que sí cumplieron y presentaron iniciativas.
Los municipios interesados deben presentar sus proyectos del FODERE hasta el 31 de marzo. Los presentados desde el 1 de abril pueden evaluarse para financiarse a partir del ejercicio siguiente, si resultan técnicamente viables.
La Ley 1812-I también contempla posibles consecuencias por incumplimiento: publicación de la situación, límites a avales y garantías provinciales o restricciones a transferencias presupuestarias. Estas restricciones exceptúan las transferencias provenientes de impuestos nacionales y provinciales coparticipables.
Además, según información periodística, una propuesta legislativa fechada el 21 de octubre propone suspender transitoriamente la regla de gasto corriente primario para los ejercicios 2025, 2026 y 2027 y modificar la distribución de fondos municipales. Sus fundamentos estiman que entre enero y septiembre de este año se habían acumulado unos $7.229 millones del FODERE. La iniciativa todavía requiere tratamiento legislativo.
El 28 de octubre se difundió una nómina periodística de seis municipios de San Juan señalados por presuntos incumplimientos fiscales. La lista incluye a Calingasta, Caucete, Chimbas, Iglesia, Jáchal y Ullum. La Ley 1811-P condiciona el acceso al FODERE al cumplimiento del régimen y prevé redistribuir cupos. El régimen regula gasto, empleo, deuda y transparencia; el límite del gasto corriente primario neto se vincula con la variación del IPC nacional. No hay confirmación oficial de una suspensión o reasignación efectiva.
Seis municipios fueron señalados por posibles incumplimientos, pero no hay una suspensión confirmada del FODERE. La lista difundida el miércoles 28 de octubre incluye a Calingasta, Caucete, Chimbas, Iglesia, Jáchal y Ullum. No identifica qué regla ni qué ejercicio fiscal corresponde a cada uno. La alarma trae seis nombres y poca precisión: una planilla con vocación de misterio.
El acceso al FODERE depende de adherir y cumplir el Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal. El fondo se integra con una detracción del 3% de los recursos coparticipables municipales y se destina al desarrollo económico, productivo, industrial, turístico y urbano. No es una bolsa con ventanilla libre: hasta la plata pública tiene portero.
El régimen fiscal regula el gasto público, el empleo, la deuda, el fin de mandato, la información y la transparencia. Como regla general, limita el aumento nominal del gasto corriente primario neto a la variación del IPC nacional, con criterios distintos para algunos municipios. La inflación entra en la cuenta; la planilla no tiene una sola talla para todos.
Al 31 de marzo de cada año, la reglamentación prevé redistribuir el cupo de las comunas que incumplieron o no presentaron proyectos a tiempo entre municipios que sí cumplieron y presentaron iniciativas. Los proyectos se presentan hasta esa fecha; los que llegan desde el 1 de abril pueden evaluarse para el ejercicio siguiente si son técnicamente viables. El calendario no tiene botón de «llegué tarde, pero soy buena gente».
El régimen también contempla publicar la situación de incumplimiento, limitar avales y garantías provinciales o restringir transferencias presupuestarias, con excepción de las provenientes de impuestos nacionales y provinciales coparticipables. Que la ley permita aplicar una medida no demuestra que ya se haya aplicado a estas seis comunas. La norma puede dejar el martillo sobre la mesa; eso no significa que ya haya sonado el golpe.
Además, según información periodística, una propuesta legislativa fechada el 21 de octubre plantea suspender temporalmente la regla de gasto corriente primario para 2025, 2026 y 2027, además de cambiar la distribución de fondos municipales. Según los fundamentos de la iniciativa, entre enero y septiembre de este año se habían acumulado unos $7.229 millones del FODERE. La propuesta todavía requiere tratamiento legislativo. Una iniciativa no mueve fondos: primero tiene que pasar por el mismo laberinto de reglas que quiere cambiar.
