Según informaron medios, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata firmó el jueves 15 de octubre. Aceptó la queja de la Fiscalía de Estado bonaerense y concedió efecto suspensivo a la apelación.
El viernes 18 de septiembre, según informaron medios, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.º 1 de Bahía Blanca había concedido la cautelar pedida por el Defensor del Pueblo bonaerense. Suspendió la resolución tarifaria cuestionada y ordenó volver al cuadro anterior. El planteo señalaba la falta de audiencia pública u otra instancia previa de participación.
Qué cuadro de luz vuelve a regir
La Resolución MIySP 682/2026 aprobó cuadros para las distribuidoras provinciales y las áreas de concesión. Incluyó valores desde el 1 de agosto y, desde el 1 de septiembre, una actualización transitoria de componentes, entre ellos el Valor Agregado de Distribución.
Según informaron medios, las distribuidoras pueden aplicar ese cuadro, publicado por OCEBA para consumos desde el 1 de septiembre. La Fiscalía sostuvo que restablecer el cuadro anterior podía dejar ingresos insuficientes frente a los costos actuales de la energía y afectar la continuidad y la sustentabilidad del servicio. La Cámara consideró, en esta etapa preliminar, que el posible daño al interés público estaba suficientemente fundamentado con informes técnicos.
Qué tarifas siguen en San Juan
El fallo trata el cuadro de distribución eléctrica bonaerense y no modifica las tarifas de San Juan. El EPRE aprobó un régimen tarifario propio, vigente del 23 de enero al 22 de enero de 2031. Comerciantes de la provincia pidieron revisar tarifas, consumos y potencia contratada.
En los cuadros tarifarios de OCEBA se ven los valores vigentes por distribuidora y por categoría de usuario. Están los anexos de EDES, EDELAP, EDEA y EDEN, y la Resolución 682/2026 figura como el cuadro actual.
Falta el pronunciamiento de fondo. Según informaron medios, el efecto suspensivo no confirma ni revoca la cautelar en forma definitiva y no decide si el esquema tarifario es legal.
La Cámara de Mar del Plata suspendió el jueves 15 de octubre la cautelar que frenaba el cuadro de luz bonaerense. Con esa decisión, las distribuidoras pueden aplicar la Resolución 682, vigente en OCEBA para consumos desde el 1 de septiembre. El tribunal todavía no dijo si los aumentos son legales. Las tarifas de San Juan siguen en el régimen del EPRE, vigente hasta el 22 de enero de 2031.
La cautelar de la luz bonaerense duró menos que un turno en el registro. El jueves 15 de octubre la Cámara de Mar del Plata le dio efecto suspensivo a la apelación de la Fiscalía de Estado y la medida quedó provisoriamente en el banco de suplentes. En Argentina, «provisorio» suele instalarse con más comodidad que un pariente.
El viernes 18 de septiembre, un juzgado de Bahía Blanca había frenado la resolución tarifaria y mandado volver al cuadro anterior, a pedido del Defensor del Pueblo. El argumento era la falta de audiencia pública o de alguna instancia donde el usuario pudiera decir algo antes de que le llegue la boleta. Una audiencia pública: ese trámite que todo el mundo pide y después nadie quiere que dure más que la siesta.
Ahora las distribuidoras pueden aplicar la Resolución 682. OCEBA la publica para consumos desde el 1 de septiembre, con valores que arrancan el 1 de agosto y, desde septiembre, una actualización del Valor Agregado de Distribución. El nombre suena a un extra de la factura que se disfraza de término técnico, como cuando el plomero te cobra «revisión de junta» y vos asentís para que no vuelva.
La Fiscalía dijo que el cuadro viejo podía dejar ingresos cortos frente al costo de la energía y complicar la continuidad y la sustentabilidad del servicio. La Cámara, en esta etapa, entendió que había informes técnicos suficientes para hablar de un daño al interés público. La boleta, mientras tanto, espera en el pasillo como en la guardia de un hospital un viernes a la noche.
San Juan mira esto desde otra vereda. El EPRE tiene un régimen propio del 23 de enero al 22 de enero de 2031. Si vivís en la provincia, esta Cámara no te cambia el número de la factura. Otra discusión, otro ente, otra paciencia: la de quien abre la boleta, mira la potencia contratada y sospecha que la lamparita no era el problema.
La Cámara todavía no dijo si los aumentos son legales. Solo corrió la cautelar mientras mira el fondo. Porque en las tarifas argentinas el veredicto final siempre llega después de que la boleta ya aprendió el camino a tu casa.
