El Poder Ejecutivo Nacional estableció formalmente que el Día del Niño se celebre el tercer domingo de agosto de cada año, mediante el Decreto 562/2025, firmado por el presidente Javier Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. La norma fue dictada el 6 de agosto de 2025, publicada al día siguiente en el Boletín Oficial y se encuentra vigente desde entonces.
Entre los fundamentos de la medida, el Ejecutivo recordó los compromisos asumidos por Argentina a partir de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Ley 23.849 y con jerarquía constitucional. También señaló que Naciones Unidas sugiere a los Estados celebrar una jornada dedicada a promover la fraternidad y la comprensión entre los niños.
La normativa recupera además la interpretación realizada por Argentina al ratificar la Convención y establece que se entiende por niño a «todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad».
Por qué se estableció formalmente el Día del Niño
En los considerandos, el Gobierno remarcó que los más pequeños representan «un pilar fundamental de nuestra Nación», tanto dentro de sus familias como en el conjunto de la sociedad.
El decreto también reconoce que existe en Argentina una tradición arraigada de celebrar el Día del Niño durante el tercer domingo de agosto. Según la normativa, esa costumbre contribuye a generar conciencia sobre sus derechos, promover espacios de entretenimiento y destacar su importancia dentro de la sociedad.
La decisión oficial no se limita, de esta manera, a fijar una celebración en el calendario. El texto pone el foco en la responsabilidad del Estado y de la comunidad en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Qué establece el decreto para los organismos del Estado
Entre los fundamentos jurídicos, la normativa recuerda que la Convención sobre los Derechos del Niño establece la obligación de los Estados de adoptar medidas administrativas, legislativas y de otra índole destinadas a garantizar los derechos reconocidos a las infancias.
También menciona la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que establece mecanismos destinados a garantizar esos derechos en todo el territorio argentino.
En ese marco, el Ejecutivo consideró pertinente institucionalizar la fecha para que los organismos del Estado Nacional y la ciudadanía promuevan y garanticen los derechos de los niños.
El artículo primero del Decreto 562/2025 establece concretamente la celebración del Día del Niño durante el tercer domingo de agosto de cada año. La disposición entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, el 7 de agosto de 2025.
De esta forma, la fecha quedó formalmente establecida con el objetivo de reforzar la concientización sobre los derechos de las infancias y promover un compromiso activo tanto de las instituciones públicas como de la sociedad para garantizar su protección y pleno desarrollo.
El Poder Ejecutivo estableció mediante el Decreto 562/2025 que el Día del Niño se celebre el tercer domingo de agosto de cada año. La normativa, vigente desde agosto de 2025, se apoya en la Convención sobre los Derechos del Niño y busca reforzar el compromiso del Estado y de la sociedad con la protección integral de las infancias.
Argentina consiguió finalmente regular mediante decreto algo que las familias ya conocían con absoluta precisión científica: agosto es el mes en el que los niños comienzan a mirar vidrieras con una intensidad capaz de perforar tarjetas de crédito. El Decreto 562/2025 formalizó el Día del Niño para el tercer domingo del mes, otorgándole respaldo normativo a una fecha que desde hace décadas cuenta con una organización logística superior a la de numerosas cumbres internacionales.
La medida, sin embargo, tiene un objetivo bastante más profundo que determinar cuándo aparecen paquetes envueltos sobre una mesa. El Ejecutivo vinculó la celebración con la promoción de los derechos de los niños y con el compromiso que deben asumir tanto los organismos estatales como la sociedad. En otras palabras: el juguete puede tener pilas, control remoto y treinta funciones, pero la verdadera obligación pública no viene incluida dentro de la caja.
El decreto también recuerda que los niños constituyen “un pilar fundamental de nuestra Nación”, definición que probablemente sorprenda a cualquier adulto que haya intentado convencer a uno de ellos de acostarse temprano un sábado. El Estado, de todos modos, no ingresó en ese territorio de negociación avanzada y prefirió concentrarse en derechos, protección y desarrollo integral.
Así, el tercer domingo de agosto quedó formalmente instalado en el calendario nacional. Los organismos públicos tienen un recordatorio institucional; las familias, una fecha imposible de olvidar; y el comercio, como ocurre desde tiempos que ninguna Convención necesita documentar, probablemente ya tenía el asunto anotado con resaltador desde varios meses antes.