La discusión sobre la llamada “industria del juicio” laboral sumó un nuevo elemento a partir de las estadísticas elaboradas por el propio Cuerpo Médico Especializado del Fuero Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. El relevamiento muestra diferencias significativas entre los porcentajes de incapacidad establecidos por las comisiones médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y los determinados posteriormente en sede judicial.
Los datos fueron compartidos por los ministros de la Corte con dirigentes de la CGT Santa Fe durante una reunión realizada el lunes pasado. Rafael Gutiérrez, Roberto Falistocco, Daniel Erbetta, Jorge Baclini y Rubén Weder presentaron las conclusiones correspondientes a 113 expedientes tramitados por el Cuerpo Médico Especializado: 72 ya contaban con informe y otros 41 permanecían en trámite.
Del total relevado, el 79,65% de los expedientes había pasado previamente por una comisión médica, instancia obligatoria antes de acceder a la Justicia laboral.
Una diferencia significativa en los porcentajes
El principal dato surgió al comparar los porcentajes de incapacidad determinados en las distintas instancias. En los expedientes en los que fue posible establecer la comparación, las comisiones médicas determinaron un promedio de 1,01% de incapacidad.
En cambio, los peritos médicos de lista establecieron un promedio de 10,50%, mientras que el Cuerpo Médico Especializado de la Corte llegó a un promedio de 7,79%.
La planilla elaborada a partir de los expedientes también registra numerosos casos en los que una comisión médica había establecido 0% de incapacidad y, posteriormente, los peritos judiciales y el cuerpo forense determinaron algún grado concreto de incapacidad.
Para el exministro de Trabajo santafesino Juan Manuel Pusineri, los resultados cuestionan el diagnóstico utilizado como fundamento de las modificaciones introducidas al procedimiento laboral.
Según su análisis, de 40 expedientes que habían llegado con un rechazo total de la comisión médica —0% de incapacidad—, en 35 el Cuerpo Médico Forense reconoció posteriormente algún grado de incapacidad. Esto representa un 87,5% de los casos analizados bajo esa condición.
Desde esa perspectiva, Pusineri sostiene que el problema de la litigiosidad no necesariamente se origina en los tribunales, sino que una parte de los reclamos llega a esa instancia después de atravesar un procedimiento administrativo que rechaza una proporción importante de los planteos.
El planteo coincide con una de las principales preocupaciones expresadas por la CGT Santa Fe durante el encuentro con la Corte. La central sindical cuestionó el funcionamiento de las comisiones médicas y sostuvo que sus deficiencias y demoras contribuyen a la judicialización de accidentes y enfermedades laborales.
El papel del nuevo cuerpo médico
Sebastián Serrano Alou, integrante de la Asociación de Abogadas y Abogados Laboralistas de Rosario y ex presidente de la entidad, consideró que las estadísticas constituyen un elemento relevante frente al argumento de que los peritos judiciales incrementan artificialmente los porcentajes de incapacidad para favorecer a los trabajadores.
El Cuerpo Médico Especializado del Fuero Laboral había sido presentado como una herramienta destinada a controlar esas posibles distorsiones. Sin embargo, según la interpretación de Serrano Alou, los primeros resultados muestran que sus profesionales corrigen con frecuencia los 0% establecidos por las comisiones médicas y se aproximan a los porcentajes fijados por los peritos que intervienen en los expedientes.
El abogado cuestionó además que el debate se concentre en los abogados “caranchos” o en una supuesta “industria del juicio”. Según su interpretación, si las ART reconocieran las incapacidades y otorgaran las prestaciones correspondientes, disminuiría considerablemente la necesidad de recurrir a los tribunales.
La discusión también adquirió una dimensión política a partir de las modificaciones introducidas al procedimiento laboral durante los últimos años. El nuevo esquema contempla la intervención del Cuerpo Médico Especializado para determinar incapacidades dentro de los expedientes judiciales.
Para Serrano Alou, la reforma apunta a concentrar esa evaluación en un grupo reducido de profesionales, en lugar de recurrir a los médicos que integran las listas de peritos del Poder Judicial. A su entender, esa concentración puede facilitar el control sobre quienes establecen los porcentajes de incapacidad.
El abogado Agustín Traffano vinculó la reforma con el lobby de las ART habilitado por el Ejecutivo provincial y cuestionó la independencia que, según planteó, deberían tener los profesionales encargados de determinar las incapacidades.
“Quieren acotar todo con un grupo reducido de médicos, y quitar del medio a los peritos que se anotan en Tribunales, para así poder tener todo bajo control. Y en muchos casos son médicos que han pasado antes por las comisiones, o sea que son afines al criterio de las ART”, señaló.
Serrano Alou, por su parte, definió el funcionamiento de la instancia administrativa de la siguiente manera: “La comisión médica, instancia obligatoria que impuso una ley de Macri y acá se aprobó durante el gobierno de Perotti, es un colador para tratar de desalentar el reclamo del trabajador”.
“Es la instancia en la que le dan la razón a la ART y le dicen que tiene 0% de incapacidad. Entonces a ese trabajador no le queda otra que ir al tribunal. Pero eso implica pedir días en el trabajo para hacerse los estudios y demostrar su problema, para ir a las revisiones y llega un punto en que dice ‘No puedo seguir pidiendo días… me van a echar’, y termina aceptando el 0%”.
El laboralista afirmó en esa línea: “Las comisiones médicas funcionan en tándem con las ART. No es casual que muchos de sus médicos son médicos de ART”.
El informe estadístico presentado por la propia Corte Suprema santafesina incorpora así un elemento relevante a una discusión que lleva años. Los datos analizados muestran que las comisiones médicas rechazaron o determinaron porcentajes de incapacidad sustancialmente menores en casos que luego fueron revisados judicialmente.
El eje del debate queda planteado, entonces, no solo en torno a la cantidad de juicios laborales existentes, sino también sobre por qué una proporción de trabajadores necesita llegar a un tribunal para que su incapacidad sea reconocida.
Un informe del Cuerpo Médico Especializado del Fuero Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe mostró diferencias entre las incapacidades determinadas por las comisiones médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y las establecidas posteriormente en sede judicial. El relevamiento incluyó 113 expedientes y reavivó el debate sobre la llamada “industria del juicio” laboral.
87,5% de los reclamos que llegaron a la revisión del Cuerpo Médico Forense después de recibir 0% de incapacidad en una comisión médica terminaron con algún grado de incapacidad reconocido. El número no necesita demasiada decoración: cuando el cero se convierte en un porcentaje distinto apenas cruza la puerta de Tribunales, el problema parece estar antes del juicio.
En 40 expedientes con rechazo total, 35 encontraron una incapacidad posterior. Es como llevar el auto al taller, recibir un “no tiene nada” y descubrir que pierde aceite apenas doblás la esquina, solo que acá la esquina tiene médicos, expedientes y meses de trámite.
El relevamiento fue presentado por ministros de la Corte Suprema de Santa Fe ante dirigentes de la CGT provincial y puso bajo la lupa a las comisiones médicas administradas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. En los casos comparables, esas comisiones determinaron en promedio apenas 1,01% de incapacidad, mientras los peritos médicos de lista llegaron al 10,50% y el Cuerpo Médico Especializado de la Corte al 7,79%.
La discusión tiene una ironía bastante difícil de disimular: durante años se instaló la idea de que el problema estaba en los trabajadores que reclamaban, en los abogados “caranchos” y en peritos que supuestamente inflaban incapacidades. Ahora aparecen números oficiales que muestran que, en una parte importante de los expedientes analizados, la diferencia no estaba en quien reclamaba sino en quién medía.
Las comisiones médicas son una instancia obligatoria antes de llegar a la Justicia. Si allí el resultado es 0%, pero después otro cuerpo médico encuentra una incapacidad, el trabajador no está exactamente haciendo turismo por los tribunales: está siguiendo el camino que le queda disponible para discutir el diagnóstico.
Y mientras el debate busca culpables con la precisión de una mesa redonda televisiva, los porcentajes hacen algo menos entretenido pero bastante más útil: muestran dónde empieza el recorrido. El expediente no se fabrica en Tribunales; a veces llega con el cero puesto de fábrica.