La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo a la medida cautelar presentada por la CGT contra la reforma laboral y dejó firme la vigencia de los 81 artículos cuestionados de la Ley 27.802, aprobada por el Congreso en febrero. La constitucionalidad de la norma aún deberá resolverse en una sentencia de fondo.

La resolución fue firmada por los jueces Rogelio Vicenti y Jorge Morán, integrantes de la Sala IV, quienes rechazaron la apelación presentada por la central obrera contra el fallo dictado previamente por la jueza Macarena Marra Giménez.

Un expediente con varias escalas judiciales

La causa atravesó distintos tribunales antes de llegar al fuero Contencioso Administrativo Federal. En marzo, el juez laboral Raúl Ojeda había dispuesto una medida cautelar que suspendió 81 artículos de la reforma al considerar que podrían afectar derechos laborales mientras se analizaba el planteo de inconstitucionalidad.

Entre los artículos alcanzados figuraban aspectos centrales de la normativa, como antigüedad, subcontratación, despidos, vacaciones, período de prueba y banco de horas extras. Sin embargo, el Gobierno apeló esa decisión y obtuvo un fallo favorable de la Cámara del Trabajo, que restituyó la vigencia de la ley y habilitó el traslado del expediente al fuero Contencioso Administrativo Federal.

Durante ese proceso también se presentó un recurso de per saltum para que interviniera directamente la Corte Suprema de Justicia, aunque esa solicitud fue rechazada.

Al analizar el caso, Marra Giménez sostuvo que el planteo de la CGT excedía el alcance propio de una medida cautelar. La magistrada afirmó que «Dada su complejidad y extensión, el planteo requiere un examen profundo de estudio sobre los derechos involucrados, que no puede ser merituado a título cautelar, sin riesgo de adelantar opinión sobre el contenido del pronunciamiento definitivo».

También señaló que «Desde esta perspectiva, no resultan viables las medidas cuando -como en el caso-, con la suspensión de 81 artículos de la ley N°27.802 se pretende imponer un inoportuno discernimiento sobre cuestiones que, por su complejidad jurídica, exceden el limitado ámbito de conocimiento preliminar propio de una cautelar».

La Cámara descartó un perjuicio inmediato

Tras la apelación de la CGT, el tribunal dio intervención al Estado Nacional, la Unión Industrial Argentina y la Sociedad Rural Argentina, que solicitaron el rechazo del recurso al considerar que la demanda buscaba obtener una decisión definitiva mediante una vía cautelar.

Los camaristas coincidieron con esos argumentos y sostuvieron que la CGT no logró desvirtuar la presunción de legitimidad que posee una ley sancionada por el Congreso. Además, remarcaron que la complejidad jurídica del caso impide anticipar un pronunciamiento sobre su constitucionalidad.

Según la resolución, la central obrera no procura preservar la situación existente, sino obtener de manera anticipada el resultado final del proceso bajo el argumento de que la demora ocasionaría daños irreversibles para los trabajadores.

Los jueces advirtieron que hacer lugar al pedido implicaría, en los hechos, dejar sin efecto una norma legal, con un impacto relevante sobre el principio constitucional de división de poderes y el sistema argentino de control de constitucionalidad.

También recordaron la jurisprudencia de la Corte Suprema respecto de las medidas cautelares colectivas con efectos expansivos, destacando que en esos casos deben extremarse los requisitos para su procedencia debido a la incidencia que pueden tener sobre el debido proceso y la igualdad ante la ley.

En ese sentido, respaldaron el criterio de la jueza de primera instancia al señalar que su resolución no anticipó una decisión sobre la validez de la ley, sino que únicamente definió quién debía soportar los efectos derivados del tiempo que demande el proceso judicial.

Asimismo, concluyeron que no se acreditó un perjuicio de suficiente magnitud y probabilidad para justificar una alteración excepcional del trámite normal del expediente.

Resta la definición sobre la constitucionalidad

Con la decisión de la Cámara, el expediente quedó en condiciones de avanzar hacia la resolución de fondo, donde deberá determinarse si la reforma laboral aprobada por el Congreso resulta o no compatible con la Constitución Nacional.

Hasta que exista esa sentencia definitiva, no permanece vigente ninguna medida judicial que suspenda los artículos cuestionados, por lo que la reforma laboral continúa plenamente operativa.

Entre los principales cuestionamientos planteados por la CGT figuran la presunta afectación del derecho de reunión y de expresión colectiva, la representación sindical, la autonomía colectiva, el derecho de huelga, la negociación colectiva, la protección de representantes gremiales y diversos aspectos vinculados con condiciones de trabajo, licencias, vacaciones, remuneraciones y créditos laborales.