El Gobierno nacional estableció este lunes un nuevo régimen de retiro voluntario destinado a empleados de la Administración Pública Nacional centralizada. La medida fue formalizada mediante el Decreto 1203/2026 y contempla un período de inscripción entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026, con la posibilidad de una única prórroga de hasta 30 días.

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, informó que alrededor de 20 mil trabajadores se encuentran en condiciones de adherirse al programa de manera voluntaria.

Uno de los puntos centrales del esquema es la incorporación de una cláusula destinada a evitar la denominada “puerta giratoria”. Quienes acepten el retiro no podrán volver a ser contratados en la administración pública durante ocho años.

La medida establece compensaciones diferenciadas de acuerdo con la edad, los aportes jubilatorios y la antigüedad de cada trabajador. El régimen no está dirigido a un organismo específico, aunque quedan excluidos determinados sectores, entre ellos las Fuerzas Armadas y de seguridad, la Secretaría de Inteligencia de Estado y el Servicio Exterior.

Sturzenegger se refirió públicamente a la iniciativa y señaló: “El Decreto 1023/26 con firma de @JMilei, @diegosantilli y quien escribe, lanza un retiro voluntario para empleados de la administración pública (unos 20.000 son elegibles para participar, si así lo desean). Para evitar una puerta giratoria quienes participen no pueden volver a la administración (o deben devolver el dinero previamente). Seguimos buscando maneras de reducir el gasto público para seguir bajando impuestos. VLLC!”

Quiénes pueden acceder al retiro voluntario

El régimen está dirigido a trabajadores de planta permanente o con contratos laborales por tiempo indeterminado alcanzados por la Ley 25.164 o por la Ley de Contrato de Trabajo.

Quedan fuera del esquema los empleados transitorios y el personal contratado bajo el artículo 9 de la Ley Marco.

Además, la medida se aplica únicamente a trabajadores de la Administración Pública Nacional centralizada, comprendidos en las jurisdicciones incluidas en el inciso a) del artículo 8 de la Ley 24.156.

Esto excluye a los organismos descentralizados, entre ellos ANSES, que cuenta con una estructura jurídica propia y desarrolló durante septiembre su propio Plan de Retiros de Voluntad Recíproca.

En ese caso, la convocatoria estuvo dirigida a trabajadores de planta permanente que hubieran ingresado antes del 1 de enero de 2024. El plazo cerró el 30 de septiembre y contempló compensaciones de hasta 19 haberes brutos, además de una prohibición de reingreso al Sector Público Nacional durante cinco años.

Cómo se calculan las compensaciones

El nuevo régimen nacional establece tres grupos principales de beneficiarios según la edad, los años de aportes y la antigüedad acumulada.

Grupo 1: incluye a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no cuenten con los aportes suficientes para jubilarse. Podrán optar entre una gratificación única o percibir el 60 % del salario bruto mensual durante un máximo de 36 meses.

Grupo 2: comprende a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 que acumulen al menos 30 años de aportes. Recibirán un salario por cada año de antigüedad, sujeto a los límites establecidos, más cinco remuneraciones adicionales.

Grupo 3: abarca a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62. La compensación será equivalente a un salario por cada año de antigüedad, hasta un máximo de 20 remuneraciones, más un adicional de cuatro o cinco salarios según tengan menos de 15 años de servicio o 15 años o más.

Las condiciones que pueden impedir la adhesión

No podrán incorporarse al programa quienes tengan procesos penales o sumarios administrativos graves pendientes.

La restricción alcanza a los empleados procesados por delitos contra la administración pública, salvo que obtengan una absolución firme antes de que finalice el período de inscripción.

También quedan comprendidos quienes afronten sumarios que puedan derivar en cesantía, exoneración o perjuicio fiscal.

Los trabajadores que mantengan demandas judiciales o reclamos administrativos relacionados con su vínculo laboral con el Estado deberán desistir formalmente de esas acciones para poder adherirse.

Tampoco podrán ingresar quienes se encuentren en situación de disponibilidad, quienes hayan presentado una renuncia pendiente de aceptación o aquellos que atraviesen el cuarto año de una licencia por afecciones o lesiones de largo tratamiento.

La adhesión al régimen implicará el cese definitivo de la relación laboral y la eliminación del cargo presupuestario correspondiente.

Además, quienes acepten la compensación quedarán impedidos de volver a ingresar al Sector Público Nacional durante ocho años