El Senado informó en su comunicado oficial que el viernes 30 de octubre, después de una sesión iniciada el jueves 29, el proyecto recibió 42 votos afirmativos y 21 negativos. La Cámara le dio media sanción.
El 16 de octubre, el debate ya se había centrado en reemplazar «riesgo cierto e inminente» por «daño grave», como explicó el análisis del dictamen del Senado. Una explicación anterior había recorrido la propuesta de reforma impulsada por el Gobierno. La votación confirmó un avance legislativo, no un cambio inmediato en las reglas.
Qué cambia en el criterio de internación
La Ley Nacional de Salud Mental 26.657 considera la internación involuntaria un recurso excepcional. La permite cuando no es posible un abordaje ambulatorio y existe riesgo cierto e inminente para la persona o para terceros.
La ley vigente exige la firma de dos profesionales de distintas disciplinas. La internación se debe notificar al juez y al Órgano de Revisión dentro de las 10 horas; el juez debe autorizarla o rechazarla en un máximo de tres días.
El dictamen de mayoría 409/26, previo al debate, propone reemplazar el criterio de «riesgo cierto e inminente» por una situación de «riesgo grave de daño» para la vida o la integridad física de la persona o de terceros. También plantea valorar los antecedentes y la evolución previsible si no hay internación. Mantiene esa medida como excepcional cuando no exista una alternativa ambulatoria eficaz.
Durante el debate, Ivanna Arrascaeta, senadora nacional y presidenta de la Comisión de Salud, defendió la reforma como una forma de «poder llegar a tiempo a lo que hoy reclama la realidad de la salud mental». Lucía Corpacci, senadora nacional del bloque Justicialista, planteó: «Esto no funciona porque no hay presupuesto».
Qué controles médicos y judiciales plantea
Según informaron medios locales después de la votación, la versión consensuada requiere la firma de un médico —preferentemente psiquiatra o con formación en salud mental— y de un psicólogo. El psicólogo también puede intervenir en la evaluación del alta.
La descripción de esa versión incluye un procedimiento para emergencias en las que solo haya un médico disponible: ante un riesgo grave, se puede disponer inicialmente la internación y un equipo interdisciplinario debe revalidarla en un máximo de 48 horas. También contempla una teleconsulta sincrónica con un psiquiatra cuando no pueda estar presente.
El dictamen previo establece que la internación se notifique al juez y al Órgano de Revisión dentro de las 24 horas. En un plazo máximo de tres días, el juez puede solicitar informes o peritajes adicionales, o dejarla sin efecto si no se cumplen las condiciones.
Los plazos y las facultades judiciales citados corresponden al dictamen previo al debate, no a una versión oficial consolidada de la media sanción. Las descripciones posteriores a la votación difieren sobre si el juez debe convalidar la medida.
Qué otros cambios incorpora el dictamen
La propuesta amplía el abordaje de las adicciones dentro de las políticas de salud mental. Según la versión consensuada que informaron medios locales, también incluye la ludopatía.
Como complemento, el dictamen incorpora un plan de egreso desde el diagnóstico y define como prolongadas las internaciones que superan los 180 días. En esos casos, el Órgano de Revisión debe intervenir de oficio.
El documento contempla internaciones en hospitales generales, hospitales especializados en psiquiatría y salud mental e instituciones especializadas, públicas o privadas. También mantiene la prohibición de crear manicomios y de realizar prácticas manicomiales.
Qué falta para aplicar la reforma en San Juan
El proyecto debe pasar ahora a la Cámara de Diputados. La Constitución Nacional establece que, si ambas cámaras lo aprueban, luego pasa al Poder Ejecutivo. Hasta completar ese trámite y su promulgación, sigue vigente la Ley 26.657.
Como se trata de una reforma nacional, el cambio alcanzaría a San Juan si entra en vigor. No hay un cronograma de aplicación provincial ni precisiones sobre los recursos que requeriría. Por ahora, las internaciones en la provincia se rigen por la ley vigente.
El Senado dio media sanción el viernes 30 de octubre a una reforma de la Ley Nacional de Salud Mental. El dictamen previo propone cambiar el criterio de internación involuntaria y ajustar controles médicos y judiciales. La Ley 26.657 sigue vigente. El proyecto debe pasar por Diputados y completar el trámite antes de que la reforma pueda entrar en vigor.
El Senado dio media sanción a la reforma de Salud Mental el viernes 30 de octubre, por 42 votos a favor y 21 en contra. El proyecto pasa a Diputados. La votación no modifica todavía las condiciones para disponer una internación involuntaria: en San Juan y el resto del país sigue vigente la Ley 26.657.
La norma actual exige que la internación sea excepcional, sin una alternativa ambulatoria posible y ante un riesgo cierto e inminente para la persona o terceros. El dictamen previo propone reemplazar ese criterio por «riesgo grave de daño» y considerar los antecedentes y la evolución previsible si no se interna.
Según informaron medios locales después de la votación, la versión consensuada requiere la firma de un médico y un psicólogo. Para emergencias con un solo médico disponible, el dictamen contempla una internación inicial que debe revalidar un equipo interdisciplinario en un máximo de 48 horas.
El dictamen también propone notificar al juez y al Órgano de Revisión dentro de las 24 horas, frente a las 10 horas de la ley vigente. Los detalles del control judicial corresponden al texto previo al debate; todavía no hay una versión oficial consolidada de la media sanción.
Otra propuesta del dictamen es incorporar un plan de egreso desde el diagnóstico y la intervención de oficio del Órgano de Revisión cuando la internación supere los 180 días. Para que la reforma pueda aplicarse, resta completar el trámite legislativo y su promulgación. No hay un cronograma de aplicación ni precisiones sobre recursos provinciales para San Juan.
