El Gobierno nacional publicó el Decreto 1305/2026 el viernes 30 de octubre. La norma entra en vigencia el 1 de noviembre y extiende hasta el 30 de noviembre el período durante el que rigen los montos actuales. El inicio de los incrementos pendientes quedó fijado para el 1 de diciembre.

La postergación alcanza al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Impuesto al Dióxido de Carbono para nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil. Los tributos siguen vigentes: lo que se demora es la aplicación de las actualizaciones pendientes, no el cobro de esos impuestos.

Qué actualizaciones se postergan

Los incrementos postergados corresponden a actualizaciones pendientes de 2024 y 2025, además de las del primer y segundo trimestre de 2026. La norma demora su aplicación, pero no los elimina; la nueva fecha de inicio es el 1 de diciembre.

Hasta esta modificación, el calendario ubicaba el comienzo de esos aumentos el 1 de noviembre. El Decreto 1126/2026 había modificado el cronograma anterior para fijar esa fecha. El Decreto 1305/2026 volvió a moverla un mes.

Por qué los precios pueden cambiar aunque los impuestos esperen

El régimen general prevé actualizar los montos fijos de estos impuestos en enero, abril, julio y octubre, según la variación trimestral del IPC informada por el INDEC. Ese esquema está establecido en el Decreto 501/2018 y ordena las actualizaciones habituales a lo largo del año.

La postergación no congela el precio de venta ni impide que las petroleras ajusten los surtidores por otros factores, según informaron medios locales. A fines de septiembre, esos medios consignaron aumentos de hasta 5% en petroleras privadas y una suba promedio nacional de 1% en el aumento de YPF.

Como fundamento, el Poder Ejecutivo escribió que la decisión se toma «con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible».