El Gobierno nacional impulsa cambios para agilizar los procedimientos de interceptación y el eventual uso de la fuerza contra buques que incumplan órdenes en espacios marítimos bajo jurisdicción argentina o sujetos a derechos soberanos del país.
La reforma forma parte del capítulo de protección marítima de la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional y apunta a reducir la cantidad de pasos que actualmente deben cumplirse antes de adoptar determinadas medidas coercitivas.
Qué procedimientos busca modificar el Gobierno
El Ejecutivo trabaja sobre un esquema comparable, en su lógica, con el que también prepara para la protección aeroespacial, donde pretende revisar la secuencia de decisiones previa al empleo de la fuerza.
En el caso marítimo, el análisis alcanza las distintas etapas de una intervención: detección, intimación, persecución, abordaje y eventual utilización de armas contra embarcaciones que desobedezcan las instrucciones impartidas por las autoridades argentinas.
El nuevo marco no estaría limitado exclusivamente a amenazas militares externas. También podría aplicarse a pesqueros extranjeros que operen ilegalmente dentro de la Zona Económica Exclusiva y se nieguen a cumplir las órdenes oficiales.
Argentina ya cuenta con herramientas para actuar
La eventual reforma no implica autorizar por primera vez la persecución o el uso de la fuerza contra este tipo de embarcaciones. Argentina ya dispone de mecanismos para detectar, perseguir, inspeccionar y apresar buques extranjeros que realicen pesca ilegal dentro de la Zona Económica Exclusiva.
La Prefectura Naval puede intervenir en esos procedimientos y, bajo determinadas condiciones, continuar una persecución iniciada dentro de la zona marítima argentina incluso cuando el buque alcance alta mar.
Desde 2018 existe además un protocolo específico para los pesqueros extranjeros que incumplen la Ley Federal de Pesca. Ese esquema contempla comunicaciones radiales, señales visuales, intimaciones de detención, abordaje y persecución.
Cómo funciona actualmente el uso de la fuerza
Si la embarcación mantiene una actitud de resistencia, el régimen vigente permite escalar gradualmente hasta el uso de armas, bajo condiciones específicas.
La normativa distingue entre disparos de advertencia, que no deben impactar sobre el buque, y disparos de invalidación, destinados a provocar un daño limitado que permita detener la embarcación.
Estos últimos requieren autorización de la Dirección de Operaciones y deben ejecutarse de manera que se evite afectar a las personas que se encuentren a bordo.
El protocolo establece además cinco criterios para el empleo de la fuerza: legalidad, oportunidad, último recurso, gradualidad y proporcionalidad.
Por ese motivo, la discusión que abre ahora el Gobierno no pasa por habilitar desde cero el uso de armas contra pesqueros extranjeros, sino por modificar el procedimiento vigente, agilizar la toma de decisiones y eventualmente ampliar su alcance dentro del nuevo esquema de protección marítima.
El Gobierno nacional impulsa cambios para agilizar los procedimientos de interceptación y el eventual uso de la fuerza contra buques que incumplan órdenes en espacios marítimos bajo jurisdicción argentina. La reforma forma parte de la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional y también podría alcanzar a pesqueros extranjeros que operen ilegalmente dentro de la Zona Económica Exclusiva.
El Gobierno decidió revisar qué ocurre cuando un buque recibe la orden de detenerse y responde con esa antigua estrategia marítima que consiste en seguir navegando como si la radio estuviera decorando el puente de mando. La propuesta apunta a reducir pasos antes de aplicar determinadas medidas coercitivas, porque en el Atlántico Sur una persecución puede incluir radares, comunicaciones, autorizaciones y una cadena administrativa capaz de competir en duración con la propia travesía.
La novedad, sin embargo, tiene un detalle importante: Argentina ya cuenta con herramientas para actuar contra pesqueros extranjeros que operen ilegalmente. Desde 2018 existe un protocolo que contempla intimaciones, persecución, abordaje y, bajo determinadas condiciones, el uso de armas. Es decir, el Estado ya tenía una escalera; ahora el debate consiste en revisar cuántos escalones deben recorrerse antes de llegar a la decisión final.
El régimen incluso diferencia entre disparos de advertencia, que no deben impactar sobre la embarcación, y disparos de invalidación, destinados a provocar un daño limitado que permita detenerla. Todo bajo criterios de legalidad, oportunidad, último recurso, gradualidad y proporcionalidad. Porque incluso en una persecución marítima, la burocracia argentina conserva una virtud innegociable: jamás deja una casilla sin completar.
La reforma busca modificar esa secuencia y eventualmente ampliar su alcance a situaciones que no involucren únicamente amenazas militares externas. Entre ellas aparecen los pesqueros extranjeros que ingresen ilegalmente en la Zona Económica Exclusiva y desobedezcan las instrucciones oficiales. El debate, entonces, no pasa por descubrir si Argentina puede intervenir, sino por definir cuánto camino administrativo debe recorrer antes de que la orden deje de ser una sugerencia con sonido de radio.