El Gobierno nacional impulsa cambios para agilizar los procedimientos de interceptación y el eventual uso de la fuerza contra buques que incumplan órdenes en espacios marítimos bajo jurisdicción argentina o sujetos a derechos soberanos del país.

La reforma forma parte del capítulo de protección marítima de la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional y apunta a reducir la cantidad de pasos que actualmente deben cumplirse antes de adoptar determinadas medidas coercitivas.

Qué procedimientos busca modificar el Gobierno

El Ejecutivo trabaja sobre un esquema comparable, en su lógica, con el que también prepara para la protección aeroespacial, donde pretende revisar la secuencia de decisiones previa al empleo de la fuerza.

En el caso marítimo, el análisis alcanza las distintas etapas de una intervención: detección, intimación, persecución, abordaje y eventual utilización de armas contra embarcaciones que desobedezcan las instrucciones impartidas por las autoridades argentinas.

El nuevo marco no estaría limitado exclusivamente a amenazas militares externas. También podría aplicarse a pesqueros extranjeros que operen ilegalmente dentro de la Zona Económica Exclusiva y se nieguen a cumplir las órdenes oficiales.

Argentina ya cuenta con herramientas para actuar

La eventual reforma no implica autorizar por primera vez la persecución o el uso de la fuerza contra este tipo de embarcaciones. Argentina ya dispone de mecanismos para detectar, perseguir, inspeccionar y apresar buques extranjeros que realicen pesca ilegal dentro de la Zona Económica Exclusiva.

La Prefectura Naval puede intervenir en esos procedimientos y, bajo determinadas condiciones, continuar una persecución iniciada dentro de la zona marítima argentina incluso cuando el buque alcance alta mar.

Desde 2018 existe además un protocolo específico para los pesqueros extranjeros que incumplen la Ley Federal de Pesca. Ese esquema contempla comunicaciones radiales, señales visuales, intimaciones de detención, abordaje y persecución.

Cómo funciona actualmente el uso de la fuerza

Si la embarcación mantiene una actitud de resistencia, el régimen vigente permite escalar gradualmente hasta el uso de armas, bajo condiciones específicas.

La normativa distingue entre disparos de advertencia, que no deben impactar sobre el buque, y disparos de invalidación, destinados a provocar un daño limitado que permita detener la embarcación.

Estos últimos requieren autorización de la Dirección de Operaciones y deben ejecutarse de manera que se evite afectar a las personas que se encuentren a bordo.

El protocolo establece además cinco criterios para el empleo de la fuerza: legalidad, oportunidad, último recurso, gradualidad y proporcionalidad.

Por ese motivo, la discusión que abre ahora el Gobierno no pasa por habilitar desde cero el uso de armas contra pesqueros extranjeros, sino por modificar el procedimiento vigente, agilizar la toma de decisiones y eventualmente ampliar su alcance dentro del nuevo esquema de protección marítima.