El juez de Flagrancia Ricardo Grossi Graffigna concedió este viernes 23 de octubre la suspensión del juicio a prueba a Franco Emanuel Cuello, único detenido por el episodio, según las crónicas judiciales. La medida deja el juicio en pausa durante ese año y no es una condena.
Cómo fue la pedrada
El ataque ocurrió el miércoles 21 de octubre, cerca de las 20, en las inmediaciones de las calles San Miguel y Balcarce, en Rivadavia, según informaron medios locales. El colectivo de Unión de Villa Krause iba con custodia policial y trasladaba al plantel hacia el estadio de Sportivo Desamparados, para los cuartos de final del Torneo Clausura de la Liga Sanjuanina.
Según las crónicas judiciales, un efectivo de la custodia observó a un hombre arrojar una piedra contra una ventanilla. Los policías lo persiguieron y lo detuvieron a unos 50 metros. El sospechoso fue identificado como Cuello, de 28 años.
Una piedra rompió una ventanilla y un futbolista resultó herido, según informaron medios locales. El jugador afectado no instó la acción penal por lesiones, según esas crónicas. El propietario del colectivo sí denunció los daños, y la causa avanzó por ese delito.
Qué exige el acuerdo
En la audiencia intervinieron el fiscal Fernando Bonomo y la ayudante fiscal Lucía Escudero, según las crónicas judiciales. Esas crónicas no precisan las horas de las tareas, el lugar donde se cumplirán ni el contenido de las reglas de conducta y de la reparación simbólica.
El artículo 76 ter del Código Penal establece que el tribunal fija las reglas de conducta durante el plazo de suspensión. Si se cumplen las condiciones legales, se extingue la acción penal. Si no se cumplen, se lleva a cabo el juicio.
El directorio del Poder Judicial de San Juan publica los teléfonos 264 411-8815 y 264 673-4778 para consultas sobre la suspensión del juicio a prueba, en la Unidad Administrativa de Flagrancia.
La Justicia de Flagrancia suspendió este viernes 23 de octubre el juicio a Franco Emanuel Cuello por los daños al colectivo de Unión. El acuerdo prevé un año de trabajos comunitarios no remunerados, reglas de conducta y una reparación simbólica. Si se cumplen las condiciones, se extingue la acción penal; si no, hay juicio. El miércoles 21 de octubre una piedra rompió una ventanilla e hirió a un futbolista. La causa avanzó por los daños, según informaron medios locales.
Un año de trabajos comunitarios y el juicio en pausa. Este viernes 23 de octubre el juez de Flagrancia Ricardo Grossi Graffigna le concedió a Franco Emanuel Cuello la suspensión del juicio a prueba por los daños al colectivo de Unión, según informaron medios locales. Cuello tiene 28 años y era el único detenido del episodio. La suspensión deja el juicio en pausa durante ese año. No es una condena.
El acuerdo fija trabajos comunitarios no remunerados, reglas de conducta y una reparación simbólica. En la audiencia estuvieron el fiscal Fernando Bonomo y la ayudante fiscal Lucía Escudero, según las crónicas judiciales. Esas crónicas no detallan las horas, el lugar ni el texto de las reglas.
El ataque fue el miércoles 21 de octubre, cerca de las 20, en las calles San Miguel y Balcarce, en Rivadavia. El colectivo de Unión de Villa Krause iba con custodia policial y llevaba al plantel hacia el estadio de Sportivo Desamparados, para los cuartos de final del Torneo Clausura de la Liga Sanjuanina. Según las crónicas judiciales, un efectivo vio a un hombre tirar una piedra contra una ventanilla. Los policías lo persiguieron y lo detuvieron a unos 50 metros.
La piedra rompió una ventanilla y un futbolista resultó herido, según informaron medios locales. El jugador no instó la acción penal por las lesiones. El propietario del micro sí denunció los daños, y la causa avanzó por ese delito.
El artículo 76 ter del Código Penal dispone que el tribunal fija las reglas de conducta durante el plazo. Si se cumplen las condiciones legales, se extingue la acción penal. Si no, se hace el juicio. El directorio del Poder Judicial de San Juan publica los teléfonos 264 411-8815 y 264 673-4778 para consultas sobre la suspensión del juicio a prueba, en la Unidad Administrativa de Flagrancia.
