La Resolución General 5916/2026 de ARCA se publicó el lunes 26 de octubre, entró en vigor ese día y se aplica a las declaraciones juradas de Ganancias de 2025 y períodos siguientes. El Decreto 1253/2026, publicado el viernes 23 de octubre, reglamentó el cambio.
Para quienes obtienen los beneficios del régimen, presentar y pagar en término libera la obligación de Ganancias del período fiscal base. La norma también presume exactas las declaraciones de Ganancias e IVA de períodos no prescriptos.
Qué protege la presunción de exactitud
Si ARCA impugna la declaración simplificada por una discrepancia significativa, puede extender la verificación a esos períodos no prescriptos. La presunción no impide esa revisión: establece las condiciones bajo las cuales puede avanzar.
El Decreto 1253/2026 también cambió la base de comparación frente al criterio anterior. Antes se consideraba el aumento del saldo de impuesto a favor del organismo o la reducción de quebrantos o saldos a favor; ahora, el aumento del impuesto determinado o la reducción del quebranto impositivo.
Qué diferencia puede considerar ARCA significativa
En la vía porcentual, ARCA debe verificar que el impuesto determinado haya aumentado o el quebranto se haya reducido al menos 15% respecto de lo declarado. Además, la diferencia debe superar el 5% del monto de referencia del artículo 1 del Régimen Penal Tributario, vigente cuando vence la declaración.
Para Ganancias 2025, el monto de referencia es $100 millones y el 5% equivale a $5 millones. Por esta vía, la diferencia tiene que superar $5 millones: una diferencia igual a ese valor no alcanza. Para períodos posteriores, el cálculo se hace con el monto vigente al vencimiento de cada declaración.
La segunda vía no depende del 15%: basta que el aumento del impuesto determinado o la reducción del quebranto supere el monto de referencia. Para el período 2025, el ajuste debe superar $100 millones.
Qué excepciones y plazos incluye la regla
El piso monetario no rige cuando el ajuste deriva de facturas u otros documentos apócrifos, o de ingresos directos computados improcedentemente. La norma incluye entre estos últimos las retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos.
La carga de probar la existencia de una discrepancia significativa recae exclusivamente en ARCA. Para evaluarla, puede considerar lo declarado por el contribuyente, la información disponible en los sistemas del organismo y los datos aportados por terceros.
Una rectificación puede quedar fuera del cálculo si se presenta dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de una liquidación administrativa o de una determinación de oficio. También se debe cancelar o regularizar el saldo resultante y sus intereses; cumplidas esas condiciones, la diferencia entre la declaración original y la rectificativa no se computa para determinar la discrepancia.
Quiénes pueden adherir a Ganancias simplificada
El régimen está disponible para personas humanas y sucesiones indivisas residentes fiscales en el país, sin límites de ingresos ni patrimonio. Para Ganancias 2025 no se exige residencia durante todo el período; para las declaraciones de años posteriores, sí.
Al adherir o ratificar, ARCA verifica que el contribuyente esté dado de alta en Ganancias, que su CUIT no esté administrativamente limitada por una solicitud de CUIT digital observada y que no pertenezca a los grupos excluidos por la normativa.
Los Grandes Contribuyentes Nacionales y los funcionarios públicos alcanzados pueden presentar por la modalidad simplificada y pagar en término, pero no reciben las presunciones ni los demás beneficios del régimen.
La adhesión se tramita en el servicio «Sistema Registral», opción «Ganancias Simplificada Ley 27.799», con Clave Fiscal de nivel de seguridad 3 o superior. Los requisitos de adhesión para Ganancias 2025 incluyen las verificaciones que ARCA realiza al ingresar o ratificar.
Qué plazo rige para Ganancias 2025
El vencimiento especial de presentación para Ganancias 2025 es el viernes 30 de octubre; el saldo tenía como fecha original el lunes 27 de julio. Si al presentar la declaración simplificada surge una diferencia a favor del Fisco, la resolución permite ingresarla hasta el plazo especial, con intereses resarcitorios y bajo las condiciones que fija.
Quienes ya presentaron Ganancias 2025 por el régimen general y pagaron el saldo en término pueden optar por la modalidad simplificada mediante una nueva declaración jurada antes del vencimiento especial.
El Decreto 1253/2026 establece otra definición de «discrepancia significativa» para la regla de prescripción tributaria. Allí se considera significativa una diferencia porcentual de al menos 15% o un ajuste superior al monto de referencia, además de los supuestos de documentación apócrifa o cómputos improcedentes. Esa definición no incluye el piso del 5% que rige para la vía porcentual del régimen simplificado.
Desde el lunes 26 de octubre, ARCA aplica nuevas reglas para impugnar Ganancias simplificada. Para 2025, una vía requiere que el impuesto aumente o el quebranto baje al menos 15%, y que la diferencia supere $5 millones; otra se activa con un ajuste mayor a $100 millones. No rige piso mínimo para ajustes por documentos apócrifos o ingresos directos computados improcedentemente. ARCA debe probar la discrepancia; el contribuyente puede rectificar en 15 días hábiles y regularizar saldo e intereses.
ARCA puede impugnar Ganancias simplificada por dos vías: una diferencia de al menos 15% y más de $5 millones, o un ajuste superior a $100 millones. La RG 5916 rige desde el lunes 26 de octubre y cubre Ganancias 2025 y siguientes. Quien presenta y paga a tiempo libera la obligación del período base y obtiene presunción de exactitud para Ganancias e IVA no prescriptos, aunque ARCA puede revisar esos períodos si prueba una discrepancia significativa. La presunción tiene salida de emergencia y, naturalmente, trae reglamento.
El 15% se mide respecto de lo declarado: debe aumentar el impuesto determinado o reducirse el quebranto. El piso en pesos sale del 5% del monto de referencia, que para 2025 es $100 millones; por eso, la diferencia debe superar $5 millones. La regla anterior miraba el saldo a favor del organismo o la reducción de quebrantos o saldos a favor; ahora se compara el impuesto determinado o el quebranto impositivo. Hasta el metro tributario tiene su propia reforma.
Hay otra vía sin porcentaje: un aumento del impuesto determinado o una reducción del quebranto superior a $100 millones en 2025. Si el ajuste deriva de documentos apócrifos o de ingresos directos computados improcedentemente, incluidas retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos, no rige un piso mínimo. Dos carriles y una excepción: la norma armó una rotonda con cartelera.
ARCA carga exclusivamente con la prueba y puede usar lo declarado, sus sistemas o datos aportados por terceros. Tras una liquidación administrativa o una determinación de oficio, el contribuyente tiene 15 días hábiles para rectificar y cancelar o regularizar el saldo con intereses; si cumple esas condiciones, la diferencia entre la original y la rectificativa no se computa. Quince días para arreglar impuestos: el calendario argentino también hace ofertas relámpago.
El régimen alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas residentes fiscales, sin límites de ingresos ni patrimonio. Para 2025 no se exige residencia durante todo el período, pero sí para los siguientes. ARCA verifica el alta en Ganancias, la situación de la CUIT y que el contribuyente no esté en los grupos excluidos. Los Grandes Contribuyentes Nacionales y los funcionarios públicos alcanzados pueden presentar y pagar en la modalidad, pero no reciben presunciones ni otros beneficios. La adhesión se hace en Sistema Registral con Clave Fiscal de nivel 3 o superior. El vencimiento especial de 2025 es el viernes 30 de octubre; quienes ya presentaron por régimen general y pagaron en término pueden optar por simplificado con una nueva declaración antes de esa fecha. El atajo también viene con contraseña y reloj.
