La Cámara de Diputados convocó una sesión especial para este miércoles 21 de octubre a las 12. La agenda oficial incluye el proyecto 0032-S-2026. En el mismo temario aparecen por separado discapacidad, endeudamiento familiar, trazabilidad de medicamentos, vandalismo rural y la transferencia de un inmueble en Chaco.
El expediente ya tiene media sanción del Senado. En Diputados, las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General emitieron un dictamen de mayoría con modificaciones y dos dictámenes de minoría. El Orden del Día 448 registra que uno aconseja rechazarlo y el otro propone cambios. La ficha legislativa lo muestra en trámite en esa Cámara, no como ley sancionada.
Qué propone para las expropiaciones
El dictamen de mayoría propone que las expropiaciones tengan una declaración de utilidad pública específica y restrictiva, y que sean idóneas, necesarias y proporcionales. Para la indemnización plantea tomar el valor objetivo de mercado y los daños directos.
El mismo texto limita el lucro cesante al 30% del daño emergente, salvo que el expropiado pruebe una afectación mayor. También dispone que no se transfiera el dominio antes del pago íntegro.
Cómo tramitarían los desalojos
La propuesta indica que los desalojos de inmuebles urbanos y rurales tramiten por juicio sumarísimo. En algunos supuestos permitiría al juez ordenar la entrega inmediata del inmueble.
Para desalojar una vivienda por falta de pago, el dictamen exige intimar antes al inquilino y darle al menos 10 días corridos para pagar. El debate de los plazos para recuperar un inmueble ya estuvo en el proyecto de desalojos más rápidos en los alquileres.
También prevé intervención de organismos de protección antes del lanzamiento cuando haya menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo.
Qué prevé para la posesión y las tierras rurales
La regularización dominial alcanzaría a ocupantes con causa lícita que acrediten diez años de posesión pacífica, ostensible y continua de inmuebles destinados a vivienda única y permanente. También contempla a agricultores familiares respecto del inmueble rural donde residan y produzcan.
Los artículos 38 y 39 del dictamen de mayoría dejarían sin efecto el artículo 154 del DNU 70/2023 y restablecerían la plena vigencia de la Ley 26.737 de Tierras Rurales. Esa norma fija un máximo del 15% de titularidad o posesión extranjera de tierras rurales, también computado por provincia y municipio, un tope del 30% de ese cupo para personas de una misma nacionalidad extranjera y un máximo de 1.000 hectáreas por titular en la zona núcleo o su equivalente.
El diputado nacional Diógenes González (UCR) describió ese tramo así: «el nuevo capítulo propone dos artículos: el art. 38, que deja sin efecto el artículo 154 del DNU 70/23; y, el art. 39, que restituye la plena vigencia a la ley 26737». Ese capítulo es el del dictamen para restituir la Ley de Tierras y anular el artículo del DNU.
Qué falta para que entre en vigencia
El sitio oficial de normativa de tierras del Ministerio de Justicia señala que, aunque el DNU 70/2023 dispuso la derogación de la Ley 26.737, la vigencia de esa ley fue restituida mediante una medida cautelar que continúa vigente. El dictamen propone restablecerla por ley. El resultado de la votación todavía no está definido.
Si Diputados aprueba el texto con modificaciones respecto de la media sanción del Senado, el proyecto deberá volver a la Cámara de origen para que trate las adiciones o correcciones, según el artículo 81 de la Constitución Nacional.
El dictamen propone que la ley entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, excepto el capítulo III, sobre modificaciones al Registro de la Propiedad Inmueble, que comenzaría a regir 180 días después. Ese plazo no corre mientras el proyecto no complete el trámite legislativo y no sea publicado como ley.
Diputados convocó para este miércoles 21 de octubre, a las 12, una sesión con el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. El texto es el dictamen de mayoría del expediente 0032-S-2026, con media sanción del Senado y modificaciones de las comisiones. Propone cambios en expropiaciones, desalojos, regularización dominial y la Ley de Tierras. La votación en el recinto todavía no está definida y el dictamen no es una ley en vigencia.
Dictamen de mayoría, sesión a las 12 y todavía ninguna ley. Diputados convocó una sesión especial para este miércoles 21 de octubre como quien arma un grupo y manda la lista de temas: figurar en el temario no es lo mismo que haber levantado la mano.
El expediente 0032-S-2026 ya salió del Senado con media sanción. En Diputados, Asuntos Constitucionales y Legislación General firmaron un dictamen de mayoría con modificaciones y dos de minoría. El Orden del Día 448 anota que uno aconseja rechazarlo y el otro pide cambios. La ficha dice «en trámite», que en criollo legislativo es el primo del «después te llamo».
En las expropiaciones, el dictamen pide una utilidad pública específica y restrictiva, y que la medida sea idónea, necesaria y proporcional. La indemnización saldría del valor objetivo de mercado y de los daños directos. El lucro cesante quedaría en el 30% del daño emergente, salvo prueba de una afectación mayor. Y el dominio no se transfiere antes del pago íntegro: como los papeles del auto, que no cambian de mano hasta que cae la última cuota.
Los desalojos urbanos y rurales irían por juicio sumarísimo y, en algunos casos, el juez podría ordenar la entrega inmediata. Para una vivienda por falta de pago hay que intimar antes y dar al menos 10 días corridos. Corridos, no hábiles: el fin de semana también cuenta, un gesto de realismo que el trámite municipal rara vez tiene. Si hay menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, antes del lanzamiento intervienen organismos de protección.
La regularización dominial alcanzaría a quien tenga causa lícita y diez años de posesión pacífica, ostensible y continua de una vivienda única y permanente, y a agricultores familiares en el campo donde viven y producen. Los artículos 38 y 39 dejarían sin efecto el artículo 154 del DNU 70/2023 y devolverían la Ley 26.737: tope del 15% de tierras rurales en manos extranjeras, 30% de ese cupo para una misma nacionalidad y 1.000 hectáreas en la zona núcleo. El Ministerio de Justicia informa que una cautelar ya restituyó esa ley y sigue vigente. El DNU la bajó, la cautelar la volvió a colgar y ahora quieren una ley para que no dependa del clip de un juez.
Si Diputados cambia la media sanción, el texto vuelve al Senado por el artículo 81 de la Constitución. La vigencia propuesta es el día siguiente al Boletín Oficial, salvo el capítulo del Registro de la Propiedad Inmueble, que esperaría 180 días. Ese reloj no arranca hasta que haya ley publicada. En el Congreso, el día siguiente de la publicación puede quedar bastante lejos del mediodía de la sesión.
