La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó cajas de 144 preservativos masculinos de látex para programas oficiales de Gobierno. Los preservativos gratuitos deberán identificarse con un rótulo que prohíba su comercialización y venta al público.
La medida quedó establecida mediante la Disposición 6726/2026, publicada el miércoles 21 de octubre. La autorización entró en vigencia ese mismo día.
A quiénes está destinada la presentación
Las cajas estarán reservadas para los programas oficiales que distribuyen preservativos de manera gratuita a la población. La norma regula la presentación del producto y deja la organización de las entregas en el ámbito de esos programas.
Según explicó la ANMAT en su comunicado oficial, la medida busca facilitar las políticas de prevención del VIH y otras infecciones de transmisión sexual. También se enmarca en las acciones de salud sexual y reproductiva.
El reglamento técnico del Mercosur establece un máximo de 12 unidades para los envases de consumo destinados a la venta al público. Para los productos adquiridos con fines de distribución gratuita, permite que cada autoridad sanitaria nacional determine los requisitos del envase.
Qué deberán cumplir las empresas
Los rótulos y envases deberán incluir la leyenda prevista en el artículo 2: “DISTRIBUCIÓN GRATUITA–PROHIBIDA SU COMERCIALIZACION Y VENTA AL PUBLICO”. Además, deberán respetar los restantes requisitos de identificación establecidos por la reglamentación sanitaria.
Las empresas titulares de registros de preservativos masculinos de látex tendrán 180 días para inscribir la presentación en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica. Ese es el plazo previsto para realizar la adecuación registral correspondiente.
La ANMAT autorizó el miércoles 21 de octubre cajas de 144 preservativos para programas oficiales. La presentación estará destinada a la distribución gratuita y deberá llevar una leyenda que prohíba su venta. Las empresas tendrán 180 días para inscribirla. Los envases para venta al público mantienen el máximo de 12 unidades.
La autorización alcanza al envase: 144 unidades para programas oficiales de distribución gratuita. La ANMAT estableció una presentación específica para las políticas de salud sexual y reproductiva. Su destino será la población alcanzada por esos programas, bajo una identificación obligatoria que prohíbe la comercialización.
La disposición regula el tamaño de las cajas y las condiciones de rotulado. Los requisitos de acceso, los puntos de entrega y las cantidades que recibirá cada persona dependerán de la implementación de los programas correspondientes. Las empresas titulares de los registros tendrán 180 días para inscribir la nueva presentación.
