La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por unanimidad los recursos presentados por Máximo y Florencia Kirchner y por las empresas Hotesur y Los Sauces para impedir que continúe el procedimiento de decomiso de bienes vinculado con la causa Vialidad.
La resolución permite que el Tribunal Oral Federal N.º 2 (TOF2) avance con las actuaciones destinadas a ejecutar la sentencia, que contempla la recuperación patrimonial de aproximadamente $685.000 millones.
El fallo fue firmado por los camaristas Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, quienes coincidieron en que las impugnaciones presentadas por las defensas no reunían las condiciones procesales necesarias para habilitar la intervención de Casación en esta instancia.
Los magistrados también establecieron que la existencia de una presentación pendiente ante la Corte Suprema de Justicia no suspende automáticamente la ejecución de la condena.
La decisión representa un nuevo avance procesal en las actuaciones patrimoniales derivadas de la causa por irregularidades en la obra pública, aunque no implica que ya se haya resuelto definitivamente el destino de los bienes cuestionados.
Por qué Casación rechazó los recursos de Máximo y Florencia Kirchner
La presentación de los hijos de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner estuvo a cargo del abogado Luis Joel Goldin, quien cuestionó la continuidad del procedimiento de ejecución y el mantenimiento de las medidas cautelares dispuestas sobre distintos bienes.
La defensa sostuvo que el Tribunal Oral Federal N.º 2 no debía continuar avanzando mientras la Corte Suprema mantuviera pendiente el tratamiento de un recurso relacionado con la procedencia del decomiso.
Según ese planteo, avanzar sobre el patrimonio de Máximo y Florencia Kirchner antes de una definición del máximo tribunal podría afectar la eficacia de una eventual resolución favorable a sus intereses.
Los abogados también invocaron garantías constitucionales vinculadas con el debido proceso, el derecho de defensa y la propiedad privada.
Otro de los argumentos estuvo relacionado con el principio de que las consecuencias de una condena penal no deben extenderse indebidamente a personas que no fueron condenadas.
Sin embargo, Casación consideró que los recursos no cumplían los requisitos para habilitar su tratamiento en esta etapa.
El camarista Gustavo Hornos sostuvo que la resolución cuestionada no constituye una sentencia definitiva ni puede equipararse a una decisión de ese carácter, porque no pone fin al proceso, no extingue la pena y tampoco impide la continuidad de las actuaciones judiciales.
Además, destacó que el TOF2 no había rechazado definitivamente los argumentos de las defensas, sino que había postergado su tratamiento para una instancia posterior del procedimiento.
Qué pasará con los bienes embargados en la causa Vialidad
Uno de los puntos centrales de la resolución fue la naturaleza de las restricciones patrimoniales que continúan vigentes sobre los bienes involucrados.
Los jueces explicaron que los embargos tienen carácter preventivo y que su finalidad es preservar los activos mientras avanza la ejecución de una condena que ya se encuentra firme.
Por ese motivo, remarcaron que las medidas cautelares no modifican la titularidad de los inmuebles ni determinan anticipadamente su destino definitivo.
Esta distinción resulta relevante porque el rechazo de los recursos no equivale a una decisión final sobre la transferencia o adjudicación de cada una de las propiedades alcanzadas por el procedimiento.
Entre los activos involucrados se encuentran inmuebles vinculados con Máximo y Florencia Kirchner en Santa Cruz, además de otras propiedades relacionadas con las sociedades Hotesur y Los Sauces.
La Justicia consideró que determinados bienes incorporados al patrimonio de los hijos de la expresidenta podían quedar comprendidos dentro de las actuaciones patrimoniales derivadas de la sentencia.
Sin embargo, Máximo y Florencia Kirchner no fueron condenados en el juicio por la obra pública, circunstancia que constituye uno de los principales fundamentos de los cuestionamientos presentados por sus representantes legales.
La defensa sostiene que esa condición debe impedir que las consecuencias económicas de la sentencia se extiendan sobre su patrimonio.
Hotesur y Los Sauces también cuestionaron el embargo de 13 inmuebles
La decisión de Casación también alcanzó a Hotesur y Los Sauces, compañías vinculadas con la familia Kirchner que presentaron recursos contra las medidas patrimoniales adoptadas en el expediente.
El director de ambas sociedades, Sebastián José Sánchez, cuestionó el mantenimiento de los embargos sobre 13 inmuebles y la postergación de la intervención de las empresas dentro del procedimiento judicial.
La representación legal argumentó que las restricciones afectan activos esenciales para el funcionamiento de las compañías.
También sostuvo que las sociedades poseen personalidad jurídica y patrimonio propios, diferenciados de los correspondientes a sus accionistas, una condición que, según la defensa, debe ser considerada antes de avanzar sobre sus propiedades.
Los camaristas rechazaron la impugnación al entender que tampoco existía, en esta instancia, una afectación definitiva del derecho de defensa.
En ese sentido, explicaron que el requerimiento fiscal relacionado con los bienes de las empresas todavía no fue formalmente sustanciado.
Por lo tanto, Hotesur y Los Sauces podrán formular sus argumentos y ejercer su defensa cuando se habilite la instancia procesal correspondiente.
La resolución mantiene así las medidas preventivas mientras continúa el procedimiento, sin adelantar una decisión definitiva sobre el destino de los inmuebles pertenecientes a las sociedades.
La ejecución de los $685.000 millones podrá continuar
Con el rechazo de los recursos, el Tribunal Oral Federal N.º 2 queda habilitado para continuar con las actuaciones de ejecución patrimonial relacionadas con la sentencia firme de la causa Vialidad.
El procedimiento contempla una recuperación económica estimada en aproximadamente $685.000 millones, aunque la discusión sobre los bienes concretos que pueden quedar alcanzados continúa sujeta a las distintas instancias judiciales.
La Cámara Federal de Casación Penal consideró que las objeciones planteadas por las defensas no justificaban detener el trámite y que la existencia de una queja ante la Corte Suprema no constituye, por sí sola, un impedimento para avanzar.
Al mismo tiempo, los jueces diferenciaron el mantenimiento de los embargos preventivos de una decisión definitiva sobre la propiedad y el destino de los activos.
La continuidad del procedimiento no elimina la posibilidad de que Máximo y Florencia Kirchner, así como Hotesur y Los Sauces, formulen nuevos planteos cuando corresponda su tratamiento dentro de las etapas previstas.
De esta manera, la causa Vialidad suma una nueva resolución judicial en su instancia de ejecución, con medidas patrimoniales que permanecen vigentes y cuestionamientos de las defensas que todavía deberán analizarse en las etapas correspondientes.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por unanimidad los recursos de Máximo y Florencia Kirchner y de las empresas Hotesur y Los Sauces en la causa Vialidad. La decisión permite continuar el procedimiento de ejecución patrimonial vinculado con una condena de aproximadamente $685.000 millones. Los jueces aclararon que los embargos son preventivos y no implican una transferencia definitiva de los bienes.
685.000 millones de pesos en juego, propiedades bajo embargo y una nueva resolución judicial que deja avanzar el decomiso en la causa Vialidad. La Cámara de Casación rechazó los recursos de Máximo y Florencia Kirchner, mientras el expediente sigue sumando capítulos con una persistencia que cualquier serie de Netflix envidiaría.
La decisión fue unánime: los tres jueces de la Sala IV consideraron que los planteos no reunían los requisitos para abrir una nueva revisión. Además, aclararon que tener una presentación pendiente ante la Corte Suprema no funciona como ese botón de pausa del control remoto que permite congelar todo mientras alguien va a buscar algo a la heladera.
El asunto tiene una particularidad importante: Máximo y Florencia Kirchner no fueron condenados en el juicio por la obra pública, pero determinados bienes vinculados con ellos quedaron alcanzados por el procedimiento patrimonial. Sus abogados sostienen que no corresponde extender las consecuencias económicas de una condena a personas que no la recibieron. La Justicia, mientras tanto, continúa analizando el destino de esos activos.
También aparecen Hotesur y Los Sauces, dos empresas que cuestionaron los embargos sobre 13 inmuebles. Sus representantes advirtieron que las restricciones afectan propiedades necesarias para el funcionamiento de las sociedades. En un expediente donde ya se discuten cifras de cientos de miles de millones de pesos, hasta el inventario inmobiliario parece necesitar su propia comisión investigadora.
Casación explicó que los embargos son preventivos y que todavía no modifican la propiedad de los inmuebles. Es decir, los bienes permanecen bajo restricciones mientras avanza el trámite judicial, sin que eso signifique que ya se haya decidido definitivamente su destino. La diferencia es fundamental, aunque para cualquier propietario recibir una notificación de embargo difícilmente figure entre las mejores noticias de la semana.
Los camaristas también señalaron que las empresas podrán presentar sus argumentos cuando corresponda tratar formalmente el requerimiento fiscal. Por ahora, la discusión continúa entre recursos, garantías constitucionales, derechos de propiedad y procedimientos de ejecución, con una cantidad de instancias suficiente para convertir cualquier organigrama judicial en un laberinto.
La resolución no define la titularidad final de las propiedades ni resuelve todos los cuestionamientos de las defensas. Pero permite que el Tribunal Oral Federal N.º 2 continúe avanzando sobre los bienes identificados en el expediente.
En la causa Vialidad, hasta las propiedades necesitan abogado para saber dónde van a terminar.
